Disposición Nº 2351/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2014

VISTO:

El Expediente N° 4.406.883/2013, y la Disposición N° 1.063-DGIUR-2014, y;

CONSIDERANDO:

Que, por la mencionada disposición se denegó desde el punto de vista urbanístico, el

proyecto de Obra Nueva, para el inmueble sito en la calle Emilio Lamarca N° 224, toda

vez que el proyecto presentado a fs. 44 del Giro Documental, no encuadra dentro de la

normativa vigente;

Que, según nota de fecha 09/09/2014 y recepcionada el mismo día, obrante en

Documentos de Trabajo en número de orden 6, los interesados solicitan

Reconsideración de los términos de acto administrativo citado y a su vez presentan

una nueva propuesta;

Que, cabe indicar que la Disposición N° 1.063-DGIUR-2014 ha sido fehacientemente

notificada el 07/07/2014, según consta en el Informe Gráfico IF-2014-08477210-

DGIUR, por lo que los plazos establecidos para la interposición de Recursos de

Reconsideración y Jerárquicos en Subsidio, de acuerdo a lo establecido en el Decreto

N° 1.510-GCBA-1997, se encuentran totalmente vencidos;

Que, el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito APH 53 - "Floresta" de

Zonificación del Código de Planeamiento Urbano Ley N° 449, modificado para este

distrito por Ley N° 3.507 (BOCBA N° 3.496);

Que, en una nueva intervención la Gerencia Operativa de Interpretación Urbana indica

en el IF-2014-18135307-DGIUR respecto de la normativa vigente, que el Parágrafo

5.4.12.53 Distrito APH53- Floresta establece en su punto 4): "(...) 4.2 Protección

general 4.2.1 Normas para Obras en Baldíos o en Edificios no Sujetos a Protección

Especial. Los predios del área no comprendidos en el Listado de Inmuebles

Catalogados Distrito APH53, Floresta, se regirán por las siguientes normas de tejido:

  1. Carácter: Zona destinada al uso residencial predominante con una densidad media

    y media-baja, conformada por viviendas individuales y colectivas.

  2. Delimitación: Según Plano de Zonificación.

  3. Tipología Edilicia: Sólo se permiten edificios entre medianeras.

  4. H Máxima: 9m por encima de la cota de la parcela determinada por la Dirección de

    ...

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