Disposición N 1472/GCABA/DGIUR/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 1472/GCABA/DGIUR/10SE DENIEGA LOCALIZACIÓN LOCACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN BAEZ 390

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2010

DISPOSICIÓN N.° 1472/DGIUR/10.

Buenos Aires, 15 de diciembre de 2010

VISTO:

El Expediente N° 48.235/2010 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Restaurante, cantina, casa de lunch, café bar, despacho de bebidas, wiskería, cervecería", en el inmueble sito en la calle Baez N° 390, Planta Baja y Entrepiso, con una superficie a habilitar de 189,76m², y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito R2bI (Parágrafo 5.4.1.4 Distrito R2b1) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 1597-DGIUR-2010, indica que el presente caso se encuadra en el Punto 7) Casos Particulares, 7.1) Sector 1 barrio "Las Cañitas" (Delimitado por eje. De la Av. Gral. Indalecio Chenaut hasta eje de la calle Huergo, por esta hasta eje de la Av. Dorrego, por esta hasta deslinde del E4 "Campo Argentino de Polo" hasta eje de la Av. Gral. Indalecio Chenaut). En este sector los rubros "Alimentación en general, restaurante, cantina, pizzería, grill; Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladera, etc." del Cuadro de Usos N° 5.2.1 están afectados a la Referencia "C";

Que con respecto a la actividad según el Cuadro de Usos 5.2.1 a) Servicios Terciarios, Clase A, Rubro: Bar, café, wiskería, lácteos, etc. al presente rubro le corresponden las siguientes referencias:

- Referencia: "C" (El Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, y en su caso, el F.O.S correspondiente).

- Referencia de estacionamiento: 26 (salón de 150m² o más: 20%, como mínimo, de la superficie construida).

- Ley N° 123: Sin Relevante Efecto;

Que analizando la documentación presentada se observa que:

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