Disposición N 357/GCABA/DGIUR/09

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición11 de Mayo de 2009

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 357/GCABA/DGIUR/09SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN LOCACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN CAZADORES 2079

Buenos Aires, 11 de mayo de 2009

DISPOSICION N.° 357/DGIUR/09.

Buenos Aires, 11 de mayo de 2009

VISTO:

El Expediente N° 46.586/2008 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos "Kiosco, Artículos de librería, papelería, cartonería, impresos, filatelia, juguetería, discos y grabaciones", en el local sito en la calle Cazadores N° 2079, con una superficie a habilitar de 42,46m², y

CONSIDERANDO:

Que si bien el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito U23 Z1 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2.772), dicha parcela al momento de su registro de planos, respondía a la Zonificación I3 A4 HM2;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 994-DGIUR-2009, informa que el recurrente presenta Planos Registrados en el año 1973 con una superficie cubierta registrada de 33,30m² con el uso de local comercial y constancia emitida por la Agencia Gubernamental de Control, Dirección de Trámites y Atención al Contribuyente, que manifiesta la inexistencia de constancia de habilitación o solicitudes de la misma para el citado domicilio ya sea en los Padrones Sistematizados e Históricos, como así también en el Manual de Locales;

Que analizada la situación, resultaría de aplicación la Ordenanza N° 34.709 inciso b), dado que posee planos registrados con anterioridad al año 1977 por una superficie cubierta total de 33,30m²;

Que el recurrente también aporta plano registrado de Aguas Argentinas en el que se observa también, la existencia de un local comercial. A fs. 2 obra la consulta de registro catastral, en la que se indica como superficie edificada desde el año 1940, 97,65m²;

Que del análisis efectuado hasta el momento se deduce que al no registrar habilitación a la fecha, se lo pueda encuadrar bajo los términos de la Ordenanza N° 34.709 del 10 de enero de 1979 debiéndose tener en cuenta...

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