Disposición Nº 2258/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 4 de Diciembre de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 6.472.520/2013 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Heladería; Bar-Café", para el inmueble sito en la calle Reconquista N°
856/58 esquina Tres Sargentos N° 401/07, U.F. N° 2, Planta Baja y Sótano, con una
superficie a habilitar de 110m2, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión, posee Protección General, con Ley Firme N° 3.943 de
06/10/11 (BOCBA 3.831 del 12/01/12) y se encuentra localizado en la Zona 3 del
Distrito APH51 - Ámbito Catedral al Norte, Ley N° 3.943/11 (BO N° 3.831), del Código
de Planeamiento Urbano. Con respecto al Distrito AE16 pertenece a la Zona 2;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
17271987-DGIUR-2014, indica que en relación con la normativa vigente, el Distrito
APH51 "Catedral al Norte" - Zona 3, se regirá por el Ítem 5.2. "Usos en Inmuebles No
Catalogados", subítem "Zona 3" establece: Los usos para los inmuebles del área no
comprendidos en el "Listado de Inmuebles Catalogados Distrito APH- Catedral al
Norte" serán los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1
para el Distrito C2 del Código de Planeamiento Urbano.
El AE16 se regirá por: Carácter: Ámbito de preservación de valores arquitectónicos,
históricos y culturales así como costumbristas de rasgos definidos, destacándose los
conjuntos de grandes tiendas y galerías, carácter éste que se mantiene a través de las
distintas etapas de crecimiento de nuestra Ciudad y debe ser preservado;
Que de la lectura del Expediente surge que se han agregado:
-
A fs. 1 de Plano N° 7215540-DGIUR-2013, copia del "Plano de Mensura Particular y
División por el Régimen de Propiedad Horizontal (Ley N° 13.512)", registrado el
28/02/72.
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A fs. 2 y 3 "Esquema de Proyecto con y sin mobiliario"
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A fs. 4 "Memoria Descriptiva".
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De fs. 5 a 8 "Esquema de Publicidad".
-
De fs. 1 a 36, en Informe N° 6631497-DGIUR-2014, "Reglamento de Copropiedad",
cuyo Art. Quinto establece "...Las unidades serán destinadas así: las número uno y
dos para local negocio y las restantes...".
-
De fs. 37 a fs. 76 "Poder General de Administración y...
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