Disposición N 699/GCABA/DGADMH/10

FirmantesMezzamico
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirecci
Fecha de la disposición27 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - UGRH

DISPOSICIÓN N 699/GCABA/DGADMH/10SE IMPLEMENTA EL SISTEMA DE COMUNICACIONES OFICIALES

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2010

DISPOSICION N.° 699/DGADMH/10.

Buenos Aires; 27 de septiembre de 2010

VISTO:

La Ley N° 3304 y la Nota N° 1038246/SUBRH/2010 y teniendo en cuenta las atribuciones conferidas por Decreto N° 124/1993, y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 287/2010, se instruye a todos los Organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a utilizar el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo “Comunicaciones Oficiales”, como Medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos;

Que posteriormente la Resolución N° 53/SECLYT/2010, reglamentada por Resolución N° 88/SECLYT/2010, establece que a partir del 19 de abril de 2010, se deberán implementar la pautas de alta y baja de usuarios del mencionado Módulo de Comunicaciones;

Que el Decreto 696/2010, manifiesta que los Organismos en cuestión, deberán tramitar los documentos que surjan de dicho módulo, están firmados con tecnología digital y tienen el mismo valor legal y eficacia jurídica que las notas y memorandos en soporte papel;

Que conforme lo expresado, resulta necesario establecer el mecanismo que arbitre el cumplimiento ágil y efectivo del precitado sistema;

Que por lo expuesto procede dicta la norma legal pertinente.

Por ello, conforme las atribuciones conferidas por el artículo 1 de la Resolución N° 282/SUBRH/09,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION

DISPONE

Artículo 1°

Déjase establecido que a partir del 1 de octubre de 2010, los Ministerios que tengan implementado el Sistema de Comunicaciones Oficiales, conforme lo prescripto por Ley N° 3335, Decreto N° 287/2010, Resoluciones Nros. 53/SECLYT/2010 y 88/SECLYT/2010, y Decreto N° 696/2010, deberán informar únicamente con este Sistema las novedades de Altas, Bajas, Modificaciones, Urses Comunes, Urses Extraordinarios, Tareas Nocturnas, Descuentos, Reintegros y Bloqueo de Haberes, destacándose que dicha información se recepcionará en todo momento, ingresándose en la liquidación mensual únicamente lo recepcionado hasta el día 10 de cada mes.

Artículo 2°

Establécese que a medida que los distintos Ministerios se incorporen al Sistema indicado en el artículo 1, deberán cumplimentarlo.

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