Disposición N 699/GCABA/DGADMH/10
Firmantes | Mezzamico |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Direcci |
Fecha de la disposición | 27 de Septiembre de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN - UGRH
DISPOSICIÓN N 699/GCABA/DGADMH/10SE IMPLEMENTA EL SISTEMA DE COMUNICACIONES OFICIALES
Buenos Aires, 27 de septiembre de 2010
DISPOSICION N.° 699/DGADMH/10.
Buenos Aires; 27 de septiembre de 2010
VISTO:
La Ley N° 3304 y la Nota N° 1038246/SUBRH/2010 y teniendo en cuenta las atribuciones conferidas por Decreto N° 124/1993, y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 287/2010, se instruye a todos los Organismos del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a utilizar el Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), el módulo Comunicaciones Oficiales, como Medio de creación, comunicación y archivo de notas y memorandos;
Que posteriormente la Resolución N° 53/SECLYT/2010, reglamentada por Resolución N° 88/SECLYT/2010, establece que a partir del 19 de abril de 2010, se deberán implementar la pautas de alta y baja de usuarios del mencionado Módulo de Comunicaciones;
Que el Decreto 696/2010, manifiesta que los Organismos en cuestión, deberán tramitar los documentos que surjan de dicho módulo, están firmados con tecnología digital y tienen el mismo valor legal y eficacia jurídica que las notas y memorandos en soporte papel;
Que conforme lo expresado, resulta necesario establecer el mecanismo que arbitre el cumplimiento ágil y efectivo del precitado sistema;
Que por lo expuesto procede dicta la norma legal pertinente.
Por ello, conforme las atribuciones conferidas por el artículo 1 de la Resolución N° 282/SUBRH/09,
EL DIRECTOR GENERAL DE ADMINISTRACION
DISPONE
Déjase establecido que a partir del 1 de octubre de 2010, los Ministerios que tengan implementado el Sistema de Comunicaciones Oficiales, conforme lo prescripto por Ley N° 3335, Decreto N° 287/2010, Resoluciones Nros. 53/SECLYT/2010 y 88/SECLYT/2010, y Decreto N° 696/2010, deberán informar únicamente con este Sistema las novedades de Altas, Bajas, Modificaciones, Urses Comunes, Urses Extraordinarios, Tareas Nocturnas, Descuentos, Reintegros y Bloqueo de Haberes, destacándose que dicha información se recepcionará en todo momento, ingresándose en la liquidación mensual únicamente lo recepcionado hasta el día 10 de cada mes.
Establécese que a medida que los distintos Ministerios se incorporen al Sistema indicado en el artículo 1, deberán cumplimentarlo.
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