Disposición N 478/GCABA/DGIUR/10

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 478/GCABA/DGIUR/10SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN PEPIRÍ 1245/49

Buenos Aires, 13 de mayo de 2010

DISPOSICION N.° 478/DGIUR/10.

Buenos Aires, 13 de mayo de 2010

VISTO:

El Expediente N° 1.367.943/2009 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar el uso "Depósito de mercaderías en tránsito", en el inmueble sito en la calle Pepirí N° 1245/49, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 472,06m², y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito I1 (Industrial Uno) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 546-DGIUR-2010, indica que en relación con la normativa vigente, se informa que:

  1. El Parágrafo 5.4.4.1. - Distrito I1 Industrial Uno, establece: "… 1) Carácter: Zonas destinadas a la localización de las industrias permitidas dentro de la ciudad y cuyas características exigen su segregación de otros distritos…"

    "… 5) Usos: Los que resulten de la aplicación del Cuadro de Usos N° 5.2.1…"

  2. Respecto a la actividad, en el Cuadro de Usos N° 5.2.1. a) Equipamientos, Clase I, el rubro "Depósito de mercaderías en tránsito", le corresponden las siguientes referencias:

    - Ley N° 123: s/C

    ·- Ref "C": "… El Consejo efectuará en cada caso el estudio para determinar la conveniencia de la localización propuesta, y en su caso el FOS correspondiente…"

  3. El Art. N° 5.2.5. "Clasificación de depósitos según molestias", establece: "… Los depósitos se agruparán en cinco categorías denominadas "grado de molestias" según las molestias que los mismos originen o puedan originar conforme el listado del Cuadro N° 5.2.5…" es decir de I a V". Asimismo, el Cuadro N° 5.2.6. "Clasificación Urbanística de los Depósitos" establece aquellos "Permitidos" de acuerdo con el "Grado de Molestia" y de acuerdo con la localización en cada Distrito. Por último, los Cuadros N° 5.2.7.a) y 5.2.7. b) establecen "cantidades máximas admisibles en...

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