Disposición N° 221/DGIUR/23

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 8 de Marzo de 2023
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 221/DGIUR/23
Buenos Aires, 20 de enero de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Disposición Nº 55/DGIUR/23, la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2022-
37041355-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, mediante la Disposición Nº 55/DGIUR/23, se
autorizó, desde el punto de vista urbanístico y patrimonial y en el marco de la licitación
pública, la localización del uso “2.3. Locales deportivos con instalaciones
complementarias” inmueble sito en la Avenida Directorio N° 4375/4411 -Planta Baja -
(Bajo autopista AU6 - Perito Moreno) cuyos datos catastrales son: Sección 054,
Manzana 040B, Parcelas 1a, 1b (totales), 2, 29, 28, 27, 26, 25, 24, 23, 22f (parciales) y
Manzana 041B, Parcelas 20a y 20b Predio 604A;
Que mediante NO-2023-04452025-GCABA-DGCOYP (Orden Nº 25), la Dirección
General de Concesiones y Permisos solicita se rectifique la mencionada Disposición,
toda vez que “se solicita incluir en el acto dispositivo la manzana 040 que forma parte
integrante del inmueble a concesionar”, por lo que corresponde dejarla sin efecto y
dictar nuevo acto administrativo que autorice la localización de usos conforme las
observaciones efectuadas;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que resultan de aplicación los artículos 3.1. (Usos del Suelo Urbano y su
clasificación), 7.2.11.1. (Áreas de Renovación Urbana Generales), 7.2.11.2. Áreas de
Renovación Urbana linderas a Autopistas (RUA), 7.2.11.2.3. (Usos de Suelo),
7.2.11.2.5. (Nuevos espacios verdes), 7.2.11.3. (Zonas Bajo Viaductos de Autopistas
Urbanas), 7.2.11.3.4. (Usos de suelo), 3.6 Usos complementarios y usos accesorios
de la Ley 6361, 3.2.4. Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo (4) del CU;
Que se encuentran agregados a los presentes: n IF-2022-37041388-GCABA-SSGU
(Formulario de ubicación); IF-2022-37038607-GCABA-SSGU (Relevamiento
fotográfico); IF-2022-37040367-GCABASSGU (Relevamiento fotográfico); IF-2022-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6576 - 08/03/2023

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