Disposición N 396/GCABA/DGIUR/10
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 20 de Abril de 2010 |
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPOSICIÓN N 396/GCABA/DGIUR/10SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN EL HALL CENTRAL ESTACIÓN URUGUAY - LÍNEA B SUBTERRÁNEO - LOCAL 5 SUBSUELO
Buenos Aires, 20 de abril de 2010
DISPOSICION N.° 396/DGIUR/10.
Buenos Aires, 20 de abril de 2010
VISTO: +El Expediente N° 94.095/2010 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos "Servicio de Alimentación en General", en un local ubicado en el Hall Central Estación Uruguay - Línea "B" Subterráneo - Local 5, Subsuelo, con una superficie a habilitar de 27,75m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado a un Distrito C2 de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 1336-DGIUR-2010, indica que de acuerdo a la documentación adjunta y la normativa vigente, se informa que:
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Del esquema adjunto a fs 1, surge que el Hall de la Estación Uruguay "Línea B", se ubica en el Subsuelo correspondiente a la citada Estación de Subte y ubicado en el micro centro de la Ciudad.
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De acuerdo a la localización de los rubros, se deberán estudiar en el marco de lo establecido en el Capitulo 6.5 Transportes Subterráneos, Artículo 6.5.1 Estaciones Subterráneas, donde se indica:
"… En los edificios de las estaciones de subterráneo se admitirá localizar los usos permitidos en el Distrito C3, comprendidos en el Agrupamiento Comercio Minorista y Servicios del Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), hasta un máximo de 40% de su superficie cubierta, sin ocupar andenes ni medios de salida donde queda prohibida toda actividad que dificulte el traslado y la libre circulación de los pasajeros…"
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El Cuadro de Usos N° 5.2.1.a) Servicios Terciarios, Clase A, "Servicios para la Vivienda y sus Ocupantes", le corresponden las siguientes referencias:
- "Alimentación en general, restaurante, cantina, pizzería, grill", Ley N° 123 Sin Relevante Efecto, resulta un uso Permitido en el Distrito...
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