Disposición N 373/GCABA/DGIUR/10

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición20 de Abril de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 373/GCABA/DGIUR/10SE DENIEGA LOCALIZACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN LLAVALLOL 4037

Buenos Aires, 20 de abril de 2010

DISPOSICION N.° 373/DGIUR/10.

Buenos Aires, 20 de abril de 2010

VISTO:

El Expediente N° 46.718/2008 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: "Comercio minorista de productos alimenticios envasados; Bebidas en general envasadas, Carnes, lechones, achuras, embutidos; Verduras, frutas, carbón; Aves muertas y peladas, chivitos, productos de granja, huevos h/60 docenas; Artículos de limpieza en góndola separada, por sistema de autoservicio", para el inmueble sito en la calle Llavallol N° 4037, Planta Baja, con una superficie a habilitar de 258,45m², y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en un Distrito R1bI de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 143-DGIUR-2010, informa que de acuerdo al Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), en el Agrupamiento "Comercial Minorista" del mencionado Cuadro se informa que:

a)El uso "Comercio minorista de productos alimenticios envasados, Bebidas en general envasadas, Carnes, lechones, achuras embutidas; Verduras, frutas, carbón; Aves muertas y peladas, chivitos, productos de granja, huevos h/60 docenas" se encuentra comprendido en la Clase A, en "Local Comercial", en el rubro "Productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio - se opere o no por sistema de venta autoservicio). Tabaco, productos de tabaquería y cigarrería" afectadas a la Referencia "C", debiendo por lo tanto el Consejo del Plan Urbano Ambiental estudiar la factibilidad de su localización.

b)El uso "Artículos de limpieza" se encuentra comprendido en el rubro "Perfumería, Artículosde Limpieza y Tocador", Permitido en el Distrito de referencia en Local o edificio preexistente al 31/12/1996, hasta una superficie máxima de 50m²;

Que del estudio realizado por el Área Técnica competente, se informa que:

a)La superficie cubierta que se pretende habilitar es de aproximadamente 258,45m².

b)Los usos de los lotes adyacentes son:

-Laterales: Vivienda (Llavallol N° 4031), Vivienda (Llavallol N° 4039).

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