Disposición N 592/GCABA/DGIUR/10

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición16 de Junio de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPOSICIÓN N 592/GCABA/DGIUR/10SE AUTORIZA LOCALIZACIÓN DE USOS PARA EL INMUEBLE SITO EN AYACUCHO 1638

Buenos Aires, 16 de junio de 2010

DISPOSICIÓN N.° 592/DGIUR/10.

Buenos Aires, 16 de junio de 2010

VISTO:

El Expediente N° 32.863/2009 por el que se consulta sobre la factibilidad de localizar los usos: “Lavado y limpieza de artículos de tela, cuero y/o piel, incluso limpieza en seco”, para el inmueble sito en la calle Ayacucho N° 1638, Planta Baja, UF N° 1, con una superficie a habilitar de 91,48m², y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se encuentra afectado al Distrito U29 Zona III (Parágrafo 5.4.6.30 - Polo de Atracción La Recoleta) de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N° 1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Dictamen N° 1724-DGIUR-2010, indica que en el punto 5) menciona: Serán de aplicación las normas del Distrito C3I;

Que en el Cuadro de Usos N° 5.2.1 c), Anexo II de la Ley N° 2614 del 29 de enero de 2007, al rubro “Lavado y limpieza de artículos de tela, cuero y/o de piel, incluso limpieza en seco” le corresponde la referencia:

Referencia 500 (Superficie máxima 500m²);

Que analizando la documentación presentada, se observa que:

El local se ubica en una parcela intermedia, ocupando aproximadamente 40% de la misma. Se distribuye en planta baja dividida en un sector de atención al público, una sala de limpieza a seco, una sala de desmanchado, una sala de planchado, un sector de baño, un sector de office y un patio cubierto, con una superficie total de 91,48m².

A fs. 44, el contrato de locación del local establece: “El destino será comercial y/o tintorería exclusivamente con expresa prohibición de darle otro uso o destino”.

A fs. 1, se observan, en el plano de uso, modificaciones de distribución que no aparecen en Plano Conforme a Obra obrante a fs. 41, las cuales deberán regularizarse en la Dirección General Registro de Obra y Catastro antes del trámite de habilitación;

Que en tal sentido, el Área Técnica competente...

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