Disposición N° 22/DGFYC/19

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición13 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 22/DGFYC/19
Buenos Aires, 28 de febrero de 2019
VISTO:
El EE-2019-5554083-AGC, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005
(BOCBA Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-
SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/05 (BOCBA Nº 2194), la
Resolución Nº 12-SSCC/05 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/05 (BOCBA
2352), la Resolución Nº 12-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-
SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto
N° 2137/2007, y;
CONSIDERANDO:
Que, el Señor Luis Angel Demitroff en carácter de titular, solicitó la renovación de
inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad
y Urgencia Nº 1-GCBA/2005, para el local ubicado en la Av. Rivadavia Nº 7514/8 (PB y
EP) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre
fantasía IVANOFF;
Que, dicho local posee habilitación por expediente Nº 77.111/1997 concedida para los
rubros casa de lunch, café bar, despacho de bebidas, whisquería, cervecería y local de
baile clase "C" como actividad complementaria y, se encuentra inscripto en el Registro
Público de Lugares Bailables bajo el Nº 09/05 por Disposición Conjunta Nº 010/05 de
fecha 03 de marzo de 2005;
Que, mediante Disposición Conjunta Nº 127/05 de fecha 13 de septiembre de 2005, se
otorgó al local una capacidad máxima para funcionar de trescientas veintitrés (323)
personas;
Que, mediante las Disposiciones Conjuntas Nº 026/06, Nº 015/07, Nº 010/08, Nº
016/09, N° 029/10, N° 19/11, N° 27/12, N° 35/13, N° 20/14, N° 17/15, DISFC-2016-31-
DGFYC, DISFC-2017-33-DGFYC y DISFC-2018-24-DGFYC se renovó la inscripción
en el Registro Público de Lugares Bailables para el local antes referido, por el término
de un (1) año en cada una de ellas;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Subgerencia Operativa Registros evaluó la documentación presentada por la
empresa solicitante, y, del análisis efectuado se desprende que la empresa
peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del
Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y sus reglamentaciones, a los
fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13;
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de
Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 2005 y la Ley Nº 2624/2007 promulgada por
Decreto Nº 2137/07.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5576 - 13/03/2019

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