Disposición N 101/GCABA/DGTALMDU/10

Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal
Fecha de la disposición 1 de Septiembre de 2010

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL

DISPOSICIÓN N 101/GCABA/DGTALMDU/10SE APRUEBA Y ADJUDICA LA LICITACIÓN PÚBLICA N° 1266/10

Buenos Aires, 01 de septiembre de 2010

DISPOSICIÓN N.° 101/DGTALMDU/10.

Buenos Aires, 1 de septiembre de 2010

VISTO:

El Expediente N° 570357/10, la Ley 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/GCBA/08 (B.O.C.B.A. N° 2.557) y su Decreto Reglamentario N° 754/GCBA/08(B.O.C.B.A. N° 2.960), Decreto N° 2.075/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.829), Decreto N° 2.102/GCBA/07 (B.O.C.B.A. N° 2.835), y

CONSIDERANDO:

Que, por los presentes actuados se solicitó la "Adquisición de Mobiliario" con destino a la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura;

Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión;

Que, mediante Disposición N° 81-DGTAyL-MDU/10, se dispuso el llamado a Licitación Pública N° 1266/10 para el día 14 de Julio de 2.010, al amparo de lo establecido en el Art. 56°, Inc. 1° de la Ley de Contabilidad;

Que, tal como luce en el Acta de Apertura N° 1699/10, se recibieron las propuestas de las firmas: RS EQUIPAMIENTO SRL., EGIDIO VALENTIN GIULIANI S.A. y ALDANSA S.A.;

Que, efectuado el análisis de la oferta presentada, la Comisión de Preadjudicación, mediante el Acta de Preadjudicación N° 1706/10 propone preadjudicar la "Adquisición de Mobiliario", a la firma EGIDIO VALENTIN GIULIANI S.A. por el monto total de PESOS NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DOCE CON OCHENTA CENTAVOS ($ 95.312,80.-);

Que, no se produjo impugnación alguna al Acta de Preadjudicación.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 13 del Decreto Reglamentario N° 754-GCBA/08 (B.O.C.B.A N° 2.960) de la Ley N° 2.095/06 (B.O.C.B.A. N° 2.557),

EL DIRECTOR GENERAL TECNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL

DISPONE

Artículo 1°...

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