Disposición N° 218/DGCOYP/21

EmisorMinisterio de Desarrollo Económico y Producción
Fecha de la disposición24 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 218/DGCOYP/21
Buenos Aires, 17 de noviembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 2.095, el Decreto N° 74/GCABA/21, las Disposiciones Nº
32/GCABA-DGCOYP/20 y 206/GCABA-DGCOYP/21, y el Expediente Electrónico N°
2021-17453023-GCABA-DGCOYP;
CONSIDERANDO:
Que por la actuación mencionada en el VISTO tramita el procedimiento de Licitación
Pública de etapa única para el otorgamiento de la concesión de uso y explotación de
carácter oneroso de determinados espacios en el interior del inmueble del dominio de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en Avenida Infanta Isabel N° 555
correspondiente al Museo de Artes Plásticas Eduardo Sívori, por el término de cinco
(5) años, a tenor de lo normado por la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N°
6.347) y su Decreto Reglamentario N° 74/GCABA/21;
Que mediante la Disposición N° 32/GCABA-DGCOYP/20 esta Dirección General
Concesiones y Permisos aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para las
licitaciones públicas de concesiones de uso y explotación de bienes de dominio
público y privado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que se lleven a cabo en el
marco de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) mediante la plataforma
Buenos Aires Compras (BAC);
Que el mencionado Pliego de Bases y Condiciones Generales estipula en su Artículo
32 que la Dirección General Concesiones y Permisos podrá efectuar circulares de
oficio o a petición de parte, las que emitidas en legal forma pasarán a integrar las
condiciones del llamado;
Que por Disposición N° 206/GCABA-DGCOYP/21 se aprobaron el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares (PLIEG-2021-28362322-GCABA-DGCOYP) con sus
correspondientes Anexos y el Pliego de Especificaciones Técnicas;
Que corresponde realizar una modificación en el artículo 13 del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares;
Que en consecuencia, toda vez que la Circular Modificatoria Sin Consulta Nº 1
(PLIEG-2021-35439089-GCABA-DGCOYP) importa una modificación sustancial en la
redacción del Artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, corresponde
el dictado del acto administrativo que aprueba la Circular Modificatoria sin Consulta N°
1;
Por ello, de conformidad con lo precedentemente expuesto y en uso de las
atribuciones conferidas por la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y el
Decreto Reglamentario N° 74/GCABA/21,
EL DIRECTOR GENERAL
DE CONCESIONES Y PERMISOS
DISPONE:
Artículo 1° - Apruébese los términos de la Circular Modificatoria Sin Consulta N° 1,
identificada como documento GEDO N° PLIEG-2021-35439089-GCABA-DGCOYP,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6263 - 24/11/2021

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