Disposición N° 214/DGHOSP/21

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición 4 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 214/DGHOSP/21
Buenos Aires, 15 de diciembre de 2021
VISTO: el Decreto Nº 433/16 y su modificatorio Decreto 342/2021, la Resolución N°
416-SSASS/2016, y el EE-2019-25981594-GCABA-SSAH, y;
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el visto tramita la aprobación del gasto correspondiente
por el servicio de atención médica con alojamiento, encuadrado en el marco del
Decreto N° 433/16 y su modificatorio Decreto 342/202, realizado por la Institución de
VIGNATI EDUARDO ALBERTO Y ROSSETTI PABLO MANUEL SOCIEDAD DE
HECHO, (Residencia Geriátrica La Trinidad), durante los meses de Abril, Mayo y Junio
2021, por la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS ($234.600,00);
Que mediante el Decreto N° 433/16 se establecieron los niveles de decisión y cuadro
de competencias complementarias correspondientes a los procedimientos de
ejecución presupuestaria para las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo de la
Ciudad;
Que por Resolución N°416-SSASS/16 se aprobó el Procedimiento aplicable a gastos,
encuadrados en el Decreto 433/16 para el Nivel Central del Ministerio de Salud;
Que a través del Decreto Nº 342/2021 se sustituye el Anexo I del Decreto Nº
433/2016, y entre otras modificaciones, se actualizan los montos mensuales para la
aprobación de gastos descentralizados;
Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable y
Presupuesto ha procedido a verificar el contenido de la documentación obrante en los
presentes, con aplicación de la normativa vigente;
Que respecto a los antecedentes de la misma, se remite a lo expuesto bajo IF-2019-
26712318-GCABA-SSAH; IF-2019-26741244-GCABA-SSAH, e IF-2019-35928279-
GCABA-SSAH mediante los cuales el entonces Subsecretario Atención Hospitalaria,
da cuenta de los pormenores y antecedentes del gasto que nos ocupa, en relación a la
prestación llevada a cabo por la Institución de VIGNATI EDUARDO ALBERTO Y
ROSSETTI PABLO MANUEL SOCIEDAD DE HECHO, (Residencia Geriátrica La
Trinidad), a fin de dar cumplimiento a lo solicitado por los autos caratulados
“ASESORÍA TUTELAR Nº 4 c/GCBA s/MEDIDA CAUTELAR AUTONOMA”, Expte.
Nº3401/2019, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo y Tributario Nº 3, Secretaría Nº 5, a fin de lograr la externación del
Hospital de Rehabilitación “Manuel Rocca”;
Que en los referidos informes se pone de relieve “...el estado cognitivo conductual de
la paciente...por lo cual no se encuentra en condiciones de resolver su situación de
manera autónoma, ni tampoco a partir del recurso de sus vínculos cercanos, debiendo
entonces permanecer internada en el Establecimiento Asistencial en condiciones de
alta.”;
Que asimismo de las consultas realizadas, surge que no cuenta con Pensión No
Contributiva ni Obra Social, - IF-2019-26718707-GCABA-SSAH-;
Que cabe destacar que la paciente posee el Alta médica desde el 25/01/2018, no
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6288 - 04/01/2022

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