Disposición N° 214/DGEMP/18

EmisorMinisterio de Gobierno
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.º 214/DGEMP/18
Buenos Aires, 24 de mayo de 2018
VISTO:
las Leyes Nº 20.744, Nº 5460, Nº 5960, Nº 265; los Decretos Nº 119/AJG/2018, Nº
112/AJG/2018; La Resolución Nº 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación y
el Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad; Convenio Nº
50/2001; Disposiciones Nº 676/DGEMP/17, Nº 306/DGEMP/16 y el Expediente Nº
2018-14739604/MGEYA/DGEMP, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 5460 (texto consolidado por Ley Nº 5666) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y por Ley Nº 5960
se sustituye el artículo 2º del Título II contemplándose entre los Ministerios del Poder
Ejecutivo al de Gobierno;
Que mediante el Decreto Nº 119/AJG/2018, se modificó la estructura orgánica
funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
hasta el nivel de Dirección General, encontrándose la Subsecretaría de Trabajo,
Industria y Comercio bajo la órbita del citado Ministerio;
Que por Decreto Nº 112/AJG/2018, se designó a quien suscribe a cargo de la
Dirección General de Empleo;
Que la Ley Nº 265, en su artículo 2 inc d, dispone que la Subsecretaria tiene entre sus
funciones la rúbrica de documentación laboral, y establece los procedimientos
administrativos de aplicación para dicho tramite;
Que por Resolución Nº 168/2002 de la Secretaría de Trabajo de la Nación, se aprueba
el texto de Protocolo Adicional sobre Rúbrica de Documentación y Reciprocidad
(Anexo I);
Que a través del Convenio Nº 50/2001, el Protocolo Adicional Nº 01/2001, se
establece que la rúbrica de documentación laboral es asumida por el Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que mediante la Disposición Nº 676/DGEMP/17, se establecen y regulan todos los
tramites que hacen a la rúbrica de la documentación laboral en sus diversas formas;
Que asimismo, es función de la Gerencia Operativa de Rúbrica, dependiente de la
Dirección General de Empleo, la planificación y el diseño para dirigir las certificaciones
y/o rúbricas de la documentación laboral y el cumplimiento de la normativa laboral
vigente, exigido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que al presente, y para asegurar un mejor desenvolvimiento del área de Rubricas,
resulta de singular importancia la delegación de la firma en personal idóneo, a fin de
lograr una mayor celeridad en la prosecución de los trámites administrativos que se
reciben en este organismo;
Que dicha delegación atañe a la firma de los siguientes trámites: Libro Especial de
Sueldos y Jornales (Libro Manual- Hojas móviles), Libro de Registro de Horas
Suplementarias, Registro de una Sección Particular del Libro Especial del Art. 52 Ley
20.744 sobre Registro de Empleadores con Prestación de Servicios Eventuales, Libro
para la actividad Agraria, Libro para la PyME, Libro para Peluqueros, Libro de Altas y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5384 - 31/05/2018

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