Disposición N° 213/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 3 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 213/DGIUR/22
Buenos Aires, 25 de enero de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2021-17041154-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se solicita el estudio de la propuesta morfológica de
Obras de Modificación y ampliación en el predio sito en la calle Constancio C. Vigil Nº
546 (Sección 072, Manzana 035a, Parcela 006);
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que obra agregado a estos actuados el Informe N° 27916911/DGIUR/2021 mediante
el cual el titular de la Gerencia Operativa de Morfología Urbana, luego de analizar el
proyecto en cuestión, estima oportuna la intervención del Consejo de Plan Urbano
Ambiental;
Que en relación, obra agregado el Dictamen (IF-2021-37632486-GCABA-CAPUAM)
mediante el cual el Consejo de Plan Urbano informa que: “(...) Por lo expuesto
precedentemente, este Consejo del Plan Urbano Ambiental manifiesta que no tiene
objeciones respecto a la modificación y ampliación de obra a materializarse en el
inmueble sito en la calle Constancio C. Vigil No 546. Área de Urbanización
Determinada U3 a) “Barrio Tellier-Liniers”, Superficie existente: 162,55m2, Superficie a
construir: 43,45m2, Superficie total: 206m2, condicionado a que los vanos no superen
el 40% del área de fachada. 7. La conformidad prestada por el presente, no puede
interpretarse como eximición del cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos y
condiciones establecidas por los Códigos Urbanístico, de la Edificación, de
Habilitaciones y Verificaciones, Ley N° 962 y Ley N° 123, sus modificatorias generales,
modificatorias en el marco sanitario y decretos reglamentarios, que no hayan sido
expresamente considerados en el mismo.”;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en una zona afectada por la
Urbanización Determinada Específica U3a “Barrios Tellier-Liniers”, Art.5.7.3 del
Anexo II y Planos N° 5.7.3 a) del Anexo III del Código Urbanístico y su modificación;
Que resulta de aplicación el artículo 5. 5.7.3 Anexo II (U3), del Código Urbanístico;
Que obra agregado en IF-2021- 17041039-GCABA-SSGU: Memoria descriptiva, en IF-
2021-17041055-GCABA-SSGU e IF-2021- 17041074-GCABA-SSGU: Axonometrías
de la propuesta implantada en la manzana, en PLANO-2021- 17041059-GCABA-
SSGU: Planos de la propuesta con plantas, corte y vista y de acuerdo a
documentación complementaria obtenida por sistema interno PDI y USIG;
Que se trata de la parcela intermedia Nº 006, ubicada en la manzana atípica
delimitada por las calles Humaita, Montiel, Tuyuti y Constancio C. Vigil. Dicha parcela
se encuentra fuera de los 34 m de las prolongaciones de las Líneas Oficiales (L.O.)
concurrentes. La misma posee 9,65m de frente, con una profundidad de 8,70m sobre
ambos laterales, y cuenta con una superficie total de 83,90m2, de acuerdo a consulta
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6311 - 03/02/2022

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