Disposición N° 21/DGTALAPRA/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 7 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 21/DGTALAPRA/19
Buenos Aires, 27 de febrero de 2019
VISTO:
Las Leyes N° 2.095 y N° 2.628 (textos consolidados según Ley Nº 6.017), el Decreto
326/GCABA/17 y su modificatorio, la Resolución Nº 424/MHGC/13 y sus
complementarias, las Disposiciones Nº 1.274/DGCYC/17 y Nº 1110/DGCYC/18, el
Expediente Electrónico Nº 2019-02695402- GCABA -DGTALAPRA y Nº 2019-
06889666-GCABA -DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2.628 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) tiene como objeto de la
Agencia de Protección Ambiental el de proteger la calidad del medio ambiente de la
Ciudad de Buenos Aires, a través de la planificación, programación y ejecución de las
acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que en el Capítulo III de la referida Ley se establece el marco general al cual debe
sujetarse la Agencia de Protección Ambiental en su gestión financiera, patrimonial y
contable, incluyendo la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) de
Compras y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que a su vez, la Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) dispone las
normas básicas que contienen los lineamientos que debe observar el Sector Público
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los procesos de compras, ventas y
contrataciones de bienes y servicios, y regula las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que el artículo 85 de la citada norma, establece que todos los procesos de compras,
ventas y contrataciones que se efectúen deben realizarse utilizando los sistemas
electrónicos o digitales que establezca el Órgano Rector, abarcando todas las
instancias y actos administrativos del proceso, los que contendrán como mínimo la
cotización, licitación, contratación, adjudicación y despacho de materiales y servicios
en proceso de compra y/o contratación, artículo reglamentado por el Decreto Nº
326/GCABA/17;
Que en el marco del Expediente Electrónico Nº 2019-02695402-GCABA-DGTALAPRA
se dictó la Disposición N° 6/DGTALPRA/19 mediante la cual se llamó a Licitación
Pública Nº 8933-0036-LPU19, para la adquisición de un "Servicio de Gestión de Vivero
con Flora Autóctona", que fuera requerido por Dirección General de Control Ambiental
de esta Agencia de Protección Ambiental;
Que posteriormente, mediante la Disposición N° 18/DGTALAPRA/19, se declaró
fracasada dicha Licitación Pública, por cuanto ninguna de las ofertas cumplió con los
requisitos administrativos contenidos en el Pliego de Bases y Condiciones Generales,
conforme surge del informe N° 2019-06196510-DGTALAPRA, elaborado a esos
efectos por la Comisión Evaluadora de Ofertas;
Que a raíz de lo manifestado por la Dirección General de Control Ambiental respecto
de la necesidad subsistente de avanzar con dicha contratación, por el EE N° 2019-
06889666-GCABA -DGTALAPRA, tramita el nuevo procedimiento para la contratación
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5572 - 07/03/2019

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