Disposición N° 21/DGPSE/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición21 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 21/DGPSE/21
Buenos Aires, 18 de octubre de 2021
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado según Ley N°6.347), los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020, y sus prórrogas, N° 1/GCABA/20 y sus
prórrogas, la Resolución Conjunta RESFC N.° 19/MDEPGC/21 la Disposición DI-2021-
2-GCABA-DGPSE, el EX-2021-31208634-GCABA- DGPSE, y,
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley
Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)
año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogandose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/GCABA/20, 12/GCABA/20, 15/GCABA/20 y 17/GCABA/20, 2/GCABA/21,
5/GCABA/21, 7/GCABA/21, 8/GCABA/21, 9/GCABA/21, 10/GCABA/21 y
11/GCABA/21 hasta el 31 de octubre de 2021;
Que, a su vez, la Ley N° 6.384 prorrogó la declaración de emergencia de la situación
económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuada por Ley N
6.301 hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que por la Ley N°6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aire, estableciendo en el
artículo 2° al Ministerio de Cultura entre sus Ministerios;
Que por Decreto N° 463/19 y modificatorios se aprobó la estructura orgánico funcional
del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hasta el
nivel de Dirección General estableciendo dentro de las responsabilidades primarias de
la Dirección General de Planificación y Seguimiento la de “coordinar la relación del
Ministerio con actores públicos y privados del ámbito cultural”, entre otras;
Que, mediante Disposición DI-2021-2-GCABA-DGPSE, se creó la actividad
“Patrimonio e Identidad Abasto”, con miras a la implementación de una serie de
actividades, talleres y encuentros organizados en conjunto con emprendedores y
organizaciones barriales, espacios culturales independientes, con el objeto de brindar
a los actores público y privados integrantes de la comunidad y del ecosistema cultural
de la Ciudad de Buenos Aires nuevas plataformas para la investigación,
experimentación y creación artística y cultural;
Que la noción de patrimonio inmaterial, tal como lo define la Unesco se refiere a “las
prácticas, expresiones, saberes o técnicas transmitidos por las comunidades de
generación en generación. El patrimonio inmaterial proporciona a las comunidades un
sentimiento de identidad y de continuidad: favorece la creatividad y el bienestar social,
contribuye a la gestión del entorno natural y social y genera ingresos económicos.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6240 - 21/10/2021

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