Disposición Nº 2083/GCABA/DGET /15

FirmantesNardi
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Evaluación Técnica - Apra
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2015

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Disposición N° DI-2012-117-

DGTALAPRA, el Expediente N° EX-2014-05189698-MGEYA-DGET, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Reparación y pintura de carrocerías (503.613)(ClaNAE N° 502.60)", a

desarrollarse en el inmueble sito en la calle Treinta y Tres Orientales N° 1.561 Planta

Baja y Entrepiso, de esta Ciudad, con una superficie de 321,00 m2, Nomenclatura

Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 38, Manzana: 167, Parcela: 038, Distrito de

Zonificación: R2bIII;

Que en el Informe N° IF-2015-36136483-DGET, de fecha 20 de Noviembre de 2.015,

la Gerencia Operativa de Prevención y Planificación de esta Dirección General

considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de mediciones sonoras de

conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N° 740/07;

Que por Informe N° IF-2015-21332304-DGET, de fecha 14 de Agosto de 2015, la

Subgerencia Operativa de Contaminación Acústica de esta Dirección General,

manifiesta que la actividad "Reparación y pintura de carrocerías" se encuentra

catalogada en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y

le corresponde la inscripción del titular de la misma en el Registro de actividades

catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;

Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular

de la actividad de dar cumplimiento...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR