Disposición N° 2052/DGEVA/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 2052/DGEVA/18
Buenos Aires, 16 de julio de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-
171-APRA, el Expediente N° EX-2015-35200806- -MGEYA-DGET, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Industria: Fabricación de productos metálicos para uso estructural y montaje
estructural (502.013); Fabricación de tanques, depósitos y recipientes de metal
(502.028); Fabricación de productos metálicos n.c.p. (502.168); Fabricación de equipo
de elevación y manipulación (502.213); Fabricación de instrumentos y aparatos para
medir, verificar, ensayar, navegar y otros fines, excepto el equipo de control de
procesos industriales (502.698); Fabricación de equipo de control de procesos
industriales (502.699); Cargado de extintores de incendios (503.180); Reparaciones y
mantenimiento de edificios y sus partes (503.314); Comercio Mayorista de elementos
contra incendio, matafuegos y artículos para seguridad industrial (c/deposito art 5.2.8
inc a) (633.380)", a desarrollarse en la calle Lujan Nº 2.902/30 y Luzuriaga N° 1821,
Planta Baja, Entrepiso, 1° y 2° Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 2.497,02
m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 3, Sección: 18, Manzana: 002, Parcela:
001, Distrito de Zonificación: I1;
Que en el Informe N° IF-2018-16697881-DGEVA, de fecha 13 de junio de 2018, la
Subgerencia Operativa de Impacto Ambiental de Actividades y Proyectos de esta
Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin
Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria
especial para su verificación;
Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de Evaluación de Impacto
Acústico (IEIA) de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N°
740/07;
Que por Informe N° IF-2017-13148347-DGEVA, de fecha 8 de junio de 2017, la
Subgerencia Operativa de Impacto Acústico de esta Dirección General, manifiesta que
"Fabricación de maquinaria y equipo n.c.p." se encuentra catalogada en el Anexo IX
del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde al titular de
la misma la inscripción en el Registro de actividades catalogadas (RAC),
estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5438 - 17/08/2018

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