Disposición N° 205-DGEVA/18

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición 5 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 205/DGEVA/18
Buenos Aires, 17 de enero de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-
171-APRA, el Expediente N° EX-2016-10242327- -MGEYA-DGET, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del
proyecto: "Industria: Fabricación de bombas; compresores; grifos y válvulas
(599.983)", a desarrollarse en la calle Tandil Nº 5.930/42, Planta Baja, Entrepiso y
Planta Alta, de esta Ciudad, con una superficie de 1.190,98 m2, Nomenclatura
Catastral: Circunscripción: 1, Sección: 76, Manzana: 171, Parcela: 4A, Distrito de
Zonificación: I1;
Que en el Informe N° IF-2017-21324048-DGEVA, de fecha 18 de Septiembre de
2.017, la Subgerencia Operativa de Impacto Ambiental de Actividades y Proyectos de
esta Dirección General considera a la actividad peticionada como de Impacto
Ambiental Sin Relevante Efecto;
Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta
menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;
Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;
Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento
de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una
Auditoria especial para su verificación;
Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de Evaluación de Impacto
Acústico (IEIA) de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N°
740/07;
Que por Informe N° IF-2017-26146575-DGEVA, de fecha 10 de Noviembre de 2.017,
la Subgerencia Operativa de
Contaminación Acústica de esta Dirección General, manifiesta que la actividad:
"Fabricación de bombas; compresores; grifos y válvulas", se encuentra catalogada en
el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley N° 1.540 y le corresponde
al titular de la misma la inscripción en el Registro de actividades catalogadas (RAC),
estableciéndose condiciones específicas de funcionamiento;
Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular
de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se
establecen;
Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la
debida intervención en el marco de sus competencias.
Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones, N° RESOL-
2017-181-APRA y N° RESOL-2017-470-APRA,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5309 - 05/02/2018

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR