Disposición Nº 2041/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición25 de Noviembre de 2015

VISTO:

El Expediente N° 27.731.678/2015 por el que se solicita el visado de Aviso de Obra y

la localización de los usos "Comercio minorista: carne, lechones, achuras, embutidos;

verduras, frutas, carbón; aves muertas y peladas, chivitos, productos de granja,

huevos h/60 docenas; productos alimenticios en general; de productos alimenticios

envasados; de bebidas en general envasadas; artículos de ferretería, herrajes,

repuestos, materiales eléctricos; de ropa confeccionada, lencería, blanco, mantelería,

textiles en general y pieles; de artefactos de iluminación y del hogar, bazar, platería,

cristalería; cartonería, impresos, filatería, juguetes, discos y grabaciones; de artículos

de perfumería y tocador; y artículos de limpieza", para el inmueble sito en la calle

General Gregorio Aráoz de la Madrid N° 728, para una superficie total de uso de

462,10m2, según Memoria Descriptiva adjunta en el N° de Orden 30 del Expediente

Electrónico, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en consulta se encuentra emplazado en el Distrito R2bIII, Sector 2

"Barrio de la Boca", de acuerdo al Parágrafo 5.4.1.4c) del Código de Planeamiento

Urbano vigente. Cabe hacer mención a su vez que según la Base APH obtenida del

Sistema Interno Parcela Digital Inteligente (PDI), dicho predio se encontraría afectado

al AE4 "Circuito de Interés turístico La Boca";

Que la Gerencia Operativa Supervisión Interpretación Urbana de esta Dirección

General, a través del Informe N° 35799325-DGIUR-2015, indica que de acuerdo a la

normativa vigente de aplicación para el presente caso cabe mencionar el Parágrafo

5.4.7.4 Distrito AE4 - Circuito de interés turístico La Boca, el cual establece:

  1. En su Inciso 2) Disposiciones Particulares: "Grado de conservación: El Consejo

    determinara el grado de conservación a exigir en cada caso. Sea cual fuere el grado

    de conservación determinado, se tendera a mantener los rasgos característicos de la

    zona. Integración Paisajística: Toda nueva edificación deberá armonizar plásticamente

    con los linderos e integrarse con las características arquitectónicas predominantes en

    la cuadra, sin que ello implique subordinación a un estilo determinado. Los proyectos

    deberán indicar claramente, en forma gráfica y escrita los materiales, textura,

    coloración y cualquier otro...

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