Disposición N° 204/DGSPR/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición18 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 204/DGSPR/18
Buenos Aires, 7 de junio de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 5688 (B.O. N° 5030), y N° 5914 (B.O. 5282), la Disposición 210-
DGSPR/2016, y la Carpeta E343763; y,
CONSIDERANDO:
Que la empresa ALCALA SEGURIDAD S.R.L., ,con domicilio real y constituido en la
calle Bahía blanca 2046 Piso “2“ Dpto. “R“, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en
Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 210-
DGSPR/2016;
Que habiendo vencido el plazo de su última habilitación el día 19/05/2018, la
interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en
su Artículo 439°, sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso c);
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra
condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,
en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente conforme lo
establecen los Arts. 450, punto 3, y 461, punto 1, de la Ley Nº 5688;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al señor Maximiliano
José Granja, titular del D.N.I 26.363.449
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley
Nº 5688, para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de
servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para
otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 184, Punto 18, Ley 5914, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
la fecha;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha, y por el término de dos años, la
habilitación concedida a la empresa ALCALA SEGURIDAD S.R.L., para prestar
servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688 en su
Artículo 439, Punto 2- Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Inciso c)
Los de vigilancia privada de lugares fijos privados o edificios de propiedad horizontal,
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá
solicitarse con (30) días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando
la totalidad de la documentación pertinente.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5396 - 18/06/2018

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