Disposición N° 201/DGCYC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 8 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.° 201/DGCYC/21
Buenos Aires, 5 de abril de 2021
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, el Decreto de
Necesidad y Urgencia Nacional N° 260-PEN/2020, y sus modificatorios, la Ley N°
2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-
GCABA-AJG-2020 y sus modificatorios, las Disposiciones Nros. 280-GCABA-DGCYC-
2020 y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N° EX- 2020-09762891-GCABA-
DGCYC y,
CONSIDERANDO:
Que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha declarado que el Coronavirus
(COVID-19) constituye una pandemia y que la evolución de la situación epidemiológica
exige que se adopten medidas rápidas, eficaces y urgentes, haciendo un llamado a la
Comunidad Internacional para actuar con responsabilidad y solidaridad;
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la OMS en relación con el coronavirus
(COVID-19), por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia de dicho
decreto;
Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCABA-AJG-2020 se declaró
la emergencia sanitaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el
15 de Junio de 2020 con el fin de atender y adoptar las medidas necesarias para
prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del
coronavirus;
Que por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 8-GCABA-AJG-2020, 12-
GCABA-AJG-2020, 15-GCABA-AJG-2020, 17-GCABA-AJG-2020, 2-GCABA-AJG-
2021 y 7-GCABA-AJG-2021, se prorrogó la citada Emergencia Sanitaria hasta el 31 de
mayo de 2021;
Que la Ley N° 2.095 regula el Régimen de Compras y Contrataciones en el ámbito del
Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la Disposición N° 280-GCABA-DGCYC-2020, entre otras cosas, prorrogó de
manera excepcional, por sesenta (60) días corridos, la vigencia de la documentación
de los proveedores inscriptos en el Registro Informatizado Único y Permanente de
Proveedores (RIUPP), de la Dirección General de Compras y Contrataciones
dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, cuyo vencimiento operó entre el
17 de marzo y el 30 de abril del 2020;
Que posteriormente, por medio de las Disposiciones Nros. 478-GCABA-DGCYC-2020,
578-GCABA-DGCYC-2020, 720-GCABA-DGCYC-2020, 784-GCABA-DGCYC-2020,
957-GCABA-DGCYC-2020 y 93-GCABA-DGCYC-2021 se prorrogó de manera
excepcional, la vigencia de la documentación antes mencionada, cuyo vencimiento
operó entre el 01 de mayo de 2020 y el 31 de marzo del presente año;
Que en consecuencia, y teniendo en cuenta el dictado del Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 7-GCABA-AJG-2021, resulta necesario prorrogar por sesenta (60) días
corridos, la vigencia de la documentación de los proveedores inscriptos, cuyo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6093 - 08/04/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR