Disposición Nº 201 de 27 de Abril de 2006

La Plata, 27 de abril de 2006.

POR 1 DIA - VISTO la necesidad de proceder a la emisión de las Autorizaciones Provinciales de Pesca Artesanal correspondientes al año 2006 para el desarrollo de la actividad de pesca en aguas de jurisdicción Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que resulta necesario continuar con el reordenamiento de la actividad pesquera con un criterio adaptativo, en el marco de las normas que regulan dicha actividad;

Que es menester asegurar la continuidad de la ejecución de las actividades pesqueras por parte de aquellos Permisionarios que se encuentran en condiciones de realizar la actividad conforme a lo normado por Resolución 50/05 y sujeto a las pautas y condiciones establecidas en el presente Acto;

Que en el marco del ordenamiento de la pesca Artesanal la emisión de las presentes Autorizaciones no genera antecedente alguno para años posteriores;

Que los Propietarios, Armadores, Capitanes de las embarcaciones beneficiarias del presente Acto, deberán dar cumplimiento a las zonas de pesca asignadas, las especies objeto de la captura y así como los demás Artículos establecidos en este Acto administrativo;

Que el/los Permisionario/s y/o responsables de la operación de pesca deberán dar cumplimiento a la Ley Provincial 11.477, su Decreto Reglamentario 3237/95 y a todas las normas Provinciales vigentes en la materia, incluyendo a las demás cláusulas que se agreguen en la presente Disposición;

Que conforme el artículo 14 de la Resolución 50/05, se deberá evaluar la condición del buque (Resolución 547/04);

Que los contenidos del registro de buques serán informados a través de sus correspondientes certificados, que acompaña a la presente Disposición y servirá a un todo como notificación fehaciente;

Que de acuerdo con la Resolución 538/04 las embarcaciones artesanales de la Provincia de Buenos Aires quedarán exceptuadas de contar con Sistema de Posicionamiento Satelital, debiendo las embarcaciones comerciales dar estricto cumplimiento a dicho requisito;

Que resulta obligatorio para todas las embarcaciones beneficiarias de las Autorizaciones Provinciales de Pesca Artesanal dar estricto cumplimiento a la presentación del Parte de Pesca Provincial cuyo modelo queda establecido en la Resolución 42/98 y 15/99 según corresponda;

Que es atribución de esta Autoridad de...

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