Disposición N° 2/DGPSE/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 2/DGPSE/21
Buenos Aires, 7 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 6292 (texto consolidado según Ley N° 6.017), los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/2020, 297-PEN/20, 325-PEN/20, 355-PEN/20,
408-PEN/20, 459- PEN/20, 493-PEN/20, 520-PEN/20, 576-PEN/20, 605-PEN/20, 641-
PEN/20, 677-PEN/20, 714-PEN/20, 754-PEN/20, 792- PEN/20, 814-PEN/20, 875-
PEN/20, 956-PEN/20,1033-PEN/20, 67-PEN/21, 125-PEN/21 y 168-PEN/21, los
Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20, 8/20, 12/20, 15/20, 16/20, 17/20, 5/21,
7/21, el Decreto N.° 463/19 con sus modificatorias, Resoluciones Nros. 10-LCABA/20,
37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20 y 9-
LCABA/21, las Resoluciones Conjuntas 3/MCGC/20 y 26-GCABA-MDEPGC/2020, el
EE N.° 13182540-2021-DGPSE, y.
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020, el Poder Ejecutivo de
la Nación amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley
Nacional N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial
de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de un (1)
año a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 se declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del coronavirus (COVID-19),
prorrogándose dicha emergencia mediante Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
8/20, 12/20, 15/20, 17/20 y 5/21 hasta el 31 de marzo de 2021;
Que por Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20, 95-LCABA/20, 122-
LCABA/20, 131-LCABA/20, 182-LCABA/20 y 9-LCABA/21, la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires ratificó los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1/20,
8/20, 12/20, 15/20, 16/20 y 17/20 respectivamente;
Que, por otro lado, por Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional
N° 297-PEN/20 y sus sucesivas prórrogas se dispuso la medida de "aislamiento social,
preventivo y obligatorio";
Que por Decretos de Necesidad y Urgencia del Poder Ejecutivo Nacional N° 875-
PEN/20, N° 956-PEN/20, 1033-PEN/20, 67-PEN/21, 125-PEN/21 y 168-PEN/21 se
estableció la medida de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" hasta el día 9
de abril de 2021 inclusive, incorporando a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre
las localidades alcanzadas por dicha medida;
Que, a su vez, la Ley N° 6.384 prorrogó la declaración de emergencia de la situación
económica y financiera de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, efectuada por Ley N
6.301 hasta el 31 de diciembre de 2021;
Que con fecha 5 de marzo de 2021 se dictó el Decreto de Necesidad y Urgencia
N°5/21, prorrogándose hasta el 31 de marzo de 2021, la emergencia sanitaria
declarada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20 y sus modificatorios, en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de atender y adoptar
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6137 - 31/05/2021

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