Disposición Nº 1991/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2014

VISTO:

El Expediente N° 14.486.085/2014, por el que se consulta sobre el Proyecto de

"Modificación y Ampliación" del edificio existente destinado al funcionamiento del

"Sindicato Conductores de taxis", con obras ejecutadas sin permiso, en el predio sito

en la calle Fragata Pte. Sarmiento N° 659/661, Nomenclatura Catastral: Parcela 12a,

Manzana 86, Sección 57, Circunscripción 5, de acuerdo a lo graficado y superficies

declaradas en Registro N° 14486299-DGROC-2014 (N° Orden 2) y Plano N°

14486802-DGROC-2014 (N° Orden 3), y

CONSIDERANDO:

Que el predio se encuentra emplazado en un Distrito R2bI, de Zonificación General del

Código de Planeamiento Urbano sancionado por Ley N° 449 - Texto ordenado;

Decreto N° 1181-GCBA-2007 (BOCBA N° 2772);

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°

16054996-DGIUR-2014, indica que de acuerdo a lo solicitado y la normativa vigente,

se informa que:

5.4.1.4. Distrito R2b:

  1. R2bI (Ver I.O.)

    1) Carácter: Son zonas de carácter residencial similar a las R2a con menor intensidad

    de ocupación total.

    2) Delimitación: Según Plano de Zonificación.

    3) Subdivisión: Según normas generales de la Sección 3.

    4) Tipología Edilicia: Se admiten edificios entre medianeras, de perímetro libre y

    perímetro semilibre.

    Disposiciones particulares

  2. Edificios entre medianeras:

    Tejido: Cumplirá las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:

    R = h/d = 2,4

    Altura máxima: 10,50 m. a contar desde la cota de la parcela determinada por la

    Dirección de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado a una

    distancia mínima de 2 m. desde la L.O. y por debajo de un plano inclinado a 45° desde

    la altura de 10,50m y con un plano límite horizontal a 13,50 m. desde la cota de la

    parcela.

  3. F.O.T. Máximo = 1,6..."

    "...e) F.O.S.: El que resulte de las normas de tejido según las disposiciones generales

    de la Sección 4 y de lo dispuesto por el Cuadro de Usos N° 5.2.1. La L.F.I. coincidirá

    con L.I.B.

    5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones del Cuadro de Usos N° 5.2.1.

    6) Observaciones:

    Se permiten construcciones habitables hasta un plano horizontal...

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