Disposición Nº 1988/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 4 de Noviembre de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 15.317.489/2014 por el que se solicita un visado de planos de Obra
de "Modificación y Ampliación" en el inmueble sito en la calle Juan B. Ambrosetti N° 27
con destino "Establecimiento Sanidad: Centro médico u odontológico (700190)", con
una superficie existente construida de 580,80 m2 y una superficie libre de 12,43 m2, de
acuerdo Disposición N° 1119-DGIUR-2012 obrantes en RE. N° 15316716-DGROC-
2014 de pág. 34 y 35, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazada en un Distrito R2aII de
Zonificación del Código de Planeamiento Urbano y posee un inmueble existente que
se encuentra propuesto a Catalogar con Nivel de Protección Cautelar (Res. N° 375-
SECPLAN-12 del 21/06/12) (BO. N° 3946 del 05/07/12);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°
15800490-DGIUR-2014, indica que, de la lectura del expediente se desprende que:
Mediante RE. N° 15316716-DGROC-2014, de pág. 4 a 13 el recurrente adjunta copia
certificada del Estatuto social de la Obra Social de Comisarios Navales.
En pág. 21 a 30 se adjunta copia de la Escritura de compra - venta del predio en
cuestión.
En pág. 36 se adjunta copia de caratula de Plano visado mediante Disposición
mencionada en visto.
En pág. 32 obra constancia de inscripción ante el Registro Nacional de Obras Sociales
y Nomina de actual Consejo Directivo.
Se adjunta plano Pl. N° 15316866-DGROC-2014
Que de acuerdo a los parámetros dispuestos para el estudio de obras en inmuebles
Catalogados con Nivel de Protección Cautelar se informa que:
-
El capitulo 5.4.12 del CPU indica que para Edificios con Nivel de Protección
Cautelar se admiten los grados de intervención 1, 2, 3 y 4.
-
El grado de intervención 4 permite la modificación por aumento de volumen del
edificio, justificando un mejor uso del volumen resultante y el resguardo de su calidad
arquitectónica. Las ampliaciones no podrán visualizarse desde la vía pública y
tampoco deberán producir alteraciones en las condiciones de los patios.
-
La altura de la fachada del Edificio existente es de 8,46 mts. La nueva construcción
respeta la envolvente...
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