Disposición Nº 1983/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2014

VISTO:

El Expediente N° 9.073.541/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar los usos "Servicios de traslados sanitarios, atención domiciliaria y

emergencias", en el inmueble sito en la Avenida Dr. Ricardo Balbín N° 3668, Planta

Baja, con una superficie de 246,30m2, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión se encuentra emplazado en el Distrito C3II de

Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

14486458-DGIUR- 2014, indica que de acuerdo a la normativa vigente, se informa

que:

  1. Según el Cuadro de Usos N° 5.2.1 a), el uso " Servicios de traslados sanitarios,

    atención domiciliaria y emergencias" se encuentra comprendido en la Clase II, en la

    "Descripción Nivel Centro Local - Equipamiento", en el Agrupamiento "C)

    Establecimientos de Sanidad, dentro del rubro "Servicios de traslados sanitarios,

    atención domiciliaria y emergencias. Definidos según Resolución SEC N° 2.385/80.

    Resolución M. N° 423/87 del Ministerio de Salud y Acción Social - Secretaría de Salud.

    Ley 123: S.R.E." y se encuentra afectado a la Referencia "C" en el Distrito C3.

  2. Con respecto al Estacionamiento debe cumplir con la Referencia 30 (1 módulo cada

    56m2 de la superficie total construida, con superficie mínima de estacionamiento de

    50m2), mientras que para Carga y Descarga no hay exigencia de cumplimiento;

    Que del estudio particularizado realizado por el Área Técnica competente teniendo en

    cuenta la documentación adjunta, se informa que:

  3. La superficie total a habilitar es de 246,30m2.

  4. El uso solicitado se desarrolla en Planta Baja.

  5. En la Memoria Descriptiva el profesional explicita que se trata de "...un local

    comercial que ha de desarrollar la actividad de Servicio de emergencias con móviles

    estacionados dentro del establecimiento y donde se recepcionarán las llamadas de

    emergencia para ser atendidos los pacientes fuera;

    Que se aclara que deberá regularizar las reformas efectuadas para el desarrollo de la

    actividad ante el organismo correspondiente, si es que se autoriza la presente

    solicitud;

    Que en tal sentido, el Área...

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