Disposición Nº 1977/GCABA/DGIUR/14

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición 3 de Noviembre de 2014

VISTO:

El Expediente N° 11.263.397/2014 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso "Comercio Minorista de Productos Alimenticios en General; Comercio

Minorista de Bebidas en General Envasadas; Comercio Minorista de Artículos de

Limpieza (en góndola separada)", para el inmueble sito en la calle Irigoyen N° 1953,

Planta Baja, con una superficie de 271,41m2, y

CONSIDERANDO:

Que el predio en cuestión se encuentra afectado al Distrito R1bI de Zonificación

General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°

1.181-GCBA-2007;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

12332510-DGIUR-2014, indica que se adjunta a la solicitud, "Plano de Habilitación",

en el que se verifica que la superficie del salón de ventas es de aproximadamente

185m2, siendo el resto de la superficie destinada a depósitos (aproximadamente

82m2), cumpliendo con el 60% como máximo exigido y sanitarios (aproximadamente

4,50m2).

Se aclara que en local existe una división parcial que divide el salón de ventas en dos

sectores, y un espacio en el que hay una escalera que vincula esta planta con la

planta alta. Esta comunicación se encuentra anulada y, al igual que el tabique

mencionado, responde en un todo con lo existente y declarado según plano de Aysa

agregado, con registro del año 1970 siendo su antecedente del año 1956;

Que analizado lo solicitado de acuerdo al Cuadro de Usos según Distritos N° 5.2.1 a)

del Código antes citado se informa que:

  1. Los usos: "Comercio Minorista de Productos Alimenticios en General; Comercio

    Minorista de Bebidas en General Envasadas", se encuentran comprendidos dentro del

    Agrupamiento "Comercial Minorista", Clase: A, Descripción: "Local Comercial

    s/exigencia de estacionamiento o carga y descarga", en el Rubro: "Productos

    alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y autoservicio), (se

    opere o no por sistema de venta autoservicio) - Tabaco, productos de tabaquería y

    cigarrería. Ley N° 123 S.R.E.", con Referencia "C".

  2. El uso: "Comercio Minorista de Artículos de Limpieza (en góndola separada)", se

    encuentra comprendido dentro del Agrupamiento "Comercial Minorista", Clase: A,

    Descripción: "Local Comercial s/exigencia de estacionamiento o carga y descarga", en

    el Rubro: "Perfumería...

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