Disposición N° 195/DGAR/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 195/DGAR/21
Buenos Aires, 11 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), su Decreto
Reglamentario N° 74GCABA/21, la Resolución Nº 424-GCABA-MHGC/13, la
Disposición Nº 167-GCABA-DGCyC/21, el Expediente Electrónico Nº 06161238-
MGEYA -SSCPEE /21, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el visto tramita la contratación de las
instalaciones de la ASOCIACIÓN MUTUAL ESLOVENA TRIGLAV (ONE REP), con
domicilio legal en calle Nagoya N °3504. Se aclara que los servicios requeridos se
efectuarán en la calle Manuel Porcel de Peralta N °1458 de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para el dictado de las clases de Educación Física correspondiente a las
siguientes escuelas: Escuela Comercial Nº 30 DE 18º, Escuela Educación Media Nº 2
DE 17 y Ciclo Básico con Formación Ocupacional Nº2 DE 17º y de Jornada Extendida
para la Escuela Educación Media Nº 2 DE 17 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
con el aval de la Subsecretaría de Coordinación Pedagógica y Equidad Educativa;
Que mediante informes IF-2021-09791518-GCABA-MEDGC y IF-2021-11143361-
GCABA-DGESCA el Coordinador de Educación Física y la Dirección General de
Escuela Abierta informan que: se ha considerado en el marco de la cercanía
geográfica de ASOCIACIÓN MUTUAL ESLOVENA TRIGLAV (ONE REP) con las
Escuelas anteriormente mencionadas (...) por facilitar el acceso y traslado de los
alumnos de esos establecimientos educativos al Club, resultando ser éste un factor
fundamental y determinante de ponderación para su selección. A su vez, la institución
mencionada cuenta y dispone de horarios y espacios suficientes para el dictado de las
clases (...) y cuenta con una variedad de áreas y mobiliario que satisfacen las
necesidades técnicas y pedagógicas a tales fines. Asimismo, el ASOCIACIÓN
MUTUAL ESLOVENA TRIGLAV (ONE REP) considerado una referencia barrial,
reconocida y generadora de un ambiente familiar e inclusivo, comprendiendo y
aportando recursos a la sociedad y a la comunidad educativa que la contempla,
resultando, en función de ello, un punto de encuentro con efecto consolidador de las
relaciones de familia y las escuelas de la comunidad que la integran. Al mismo tiempo,
dicha institución es sugerida y recomendada por los equipos de conducción, docentes
y supervisores escolares, dada la importancia que otorga en su labor diaria al contexto
social y la comunidad educativa;
Que en virtud de lo mencionado en el párrafo anterior corresponde encuadrar la
presente como Contratación Directa por Especialidad dentro de los términos del
artículo 28 inciso 4° de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y su
Decreto Reglamentario N° 74-GCABA/21;
Que por intermedio de la Resolución Nº 424-GCABA-MHGC/13 se estableció que a
partir del 1° de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley
N° 2.095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deben realizarse por medio del sistema Buenos
Aires Compras (BAC);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6123 - 13/05/2021

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