Disposición N° 193/HBU/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición16 de Agosto de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 193/HBU/18
Buenos Aires, 13 de julio de 2018
VISTO:
El Expediente N° 2018-12472912- -MGEYA-HBU, y
CONSIDERANDO:
Que por el mencionado expediente se autorizó a realizar el Proceso de Compra,
Menor N° 439-1252-CME18 Adquisición: Insumos Quirúrgicos, adjudicándose los
Renglones Nº 7, 8, 9, 12, 13, 14, y 15 por Orden de Compra Nº 439-7531-OC18 a
favor de la firma: BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L., CUIT Nº 30-51612669-4,
cuyo vencimiento operó el día 23/06/2018;
Que la firma mencionada procedió a la entrega en tiempo y forma de los Renglones Nº
7, 8, 9, 12, 14,15 en su totalidad, y 13 en forma parcial (1 de 5 U.), mediante Remito
Nº 0001-00143037 de fecha 19-06-2018;
Que posteriormente efectuó la entrega de la cantidad pendiente correspondiente al
Renglón 13 (4 U. restantes) mediante Remito Nº 0001-00143940 de fecha 10-07-2018,
siendo las mismas entregadas fuera de término, es decir, una vez vencido el plazo
estipulado en (10) diez días corridos a tal efecto;
Que por lo mencionado precedentemente corresponde aplicar Multa y Rehabilitación
de dicho contrato;
Que la firma BARRACA ACHER ARGENTINA S.R.L. será notificada fehacientemente
del presente acto administrativo;
Por ello; y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9 de la Ley 2095 de
Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, promulgada por
el Decreto Nº 1772-GCBA-2006(BOCBA Nº 2557); texto consolidado Ley 5666 y su
Decreto Reglamentario Nº 326-AJG-2017,
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL DE GASTROENTEROLOGIA
"DR. CARLOS BONORINO UDAONDO"
DISPONE
Articulo 1º.- Impónese Multa y Rehabilitación a dicho contrato a la firma: BARRACA
ACHER ARGENTINA S.R.L. CUIT Nº 30-51612669-4 adjudicataria de la Orden de
Compra Nº 439-7531-OC18 domiciliada en Doblas 1510 Código Postal 1424 de esta
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre el monto no cumplido a término de dicho
contrato, de acuerdo con lo previsto en los Art. 122, 123, 124,125, 126, 128,129, y 135
de la Ley N°2095 de Compras y Contrataciones de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, texto consolidado por Ley N° 5666 y su Decreto reglamentario N° 326-AJG-
2017, la penalidad que a continuación se detalla: Correspondiéndole aplicar una multa,
de acuerdo al 3° párrafo del considerando, por un monto de PESOS UN MIL
DOSCIENTOS CUARENTA CON OCHENTA CENTAVOS ($ 1.240,80) equivalente al
1% del monto provisto fuera de término y una Rehabilitación de contrato de PESOS
DOCE MIL CUATROCIENTOS OCHO ($ 12.408,00) equivalente al 10% del monto no
provisto en tiempo y forma, según lo establecido en el citado contrato.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5437 - 16/08/2018

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