Disposición N° 191/SAISSP/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 191/SAISSP/18
Buenos Aires, 12 de octubre de 2018
VISTO:
La Ley Nº 5.688, las Resolución Nº 190/ISSP/18, las Notas Nº 26876575/SAISSP/18 y
26996296/SAISSP/18 y el Expediente Electrónico N°
26974376/MGEYA/SGISSP/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 5.688 establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del
Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en lo
referente a su composición, misión, función y dirección, coordinación y funcionamiento,
así como las bases jurídicas e institucionales para la formulación, implementación y
control de las políticas y estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados en todo el sistema y la producción de conocimientos científicos y técnicos
sobre seguridad;
Que el Artículo 357 de la Ley N° 5.688 establece que " El Instituto Superior de
Seguridad Pública tiene la misión de formar profesionalmente y capacitar
funcionalmente al personal de la policía de la Ciudad, al Cuerpo de Bomberos, a los
funcionarios responsables de la formulación, implementación y evaluación de las
políticas y estrategias de seguridad ciudadana y de la dirección y la administración
general del sistema policial, a todos los sujetos públicos y privados vinculados con los
asuntos de la seguridad, así como la investigación científica y técnica en materia de
seguridad ciudadana...";
Que la formación y capacitación en general tiende a la profesionalización y
especialización del desempeño policial de acuerdo a la función específica de cada uno
de los cargos que ejerciera el personal a lo largo de su carrera (Art.367 Ley 5688);
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente durante el desarrollo de la carrera profesional y está
asentada en la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de
las tareas básicas propias de los perfiles y especialidades policiales (Art. 370 Ley
5688);
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública desarrolla periódicamente actividades
educativas bajo variadas modalidades para continuar la capacitación, actualización y
especialización del personal con estado policial. (Art. 37 Ley 5688)
Que el artículo 109 de la ley 5688 en su inciso 9 establece que el estado policial
impone el deber de asistir a las actividades de capacitación, actualización,
entrenamiento y especialización que establezca el Instituto Superior de Seguridad
Pública;
Que mediante la Resolución N° 190/ISSP/18 el Instituto Superior de Seguridad Pública
aprobó el " Taller de Formación Permanente para Instructores Policiales del Instituto
Superior de Seguridad Pública", destinado a actualizar los conocimientos técnicos y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5479 - 17/10/2018

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