Disposición N° 191/DGCG/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición26 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 191/DGCG/19
Buenos Aires, 22 de noviembre de 2019
VISTO: Lo establecido en la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera y Control
del Sector Público, y la Disposición N°194/DGCG/18; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 113 de la mencionada Ley establece que la Dirección General de
Contaduría es el órgano rector del sistema de contabilidad gubernamental responsable
de dictar normas, poner en funcionamiento y mantener dicho sistema en todo el ámbito
del Sector Público;
Que asimismo el artículo 115 incisos b), h) y j) determinan que la Contaduría General
tiene competencia para dictar las Normas de Contabilidad para todo el Sector Público;
preparar anualmente la Cuenta de Inversión presentándola a la Legislatura; y llevar la
contabilidad general de la Administración Central consolidando datos de los servicios
jurisdiccionales, realizando las operaciones de ajuste y cierre necesarios y producir
anualmente resultados contables financieros para su remisión a la Legislatura;
Que ante la proximidad del cierre del ejercicio económico- financiero, en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 115 inciso f), resulta necesario dictar las normas que
permitan conocer la gestión presupuestaria, de caja y patrimonial, así como los
resultados operativos económicos y financieros de todo el Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires al finalizar cada ejercicio;
Que la Disposición N°194/DGCG/18 reglamentó el cierre del ejercicio 2018;
Que en orden a que las normas de cierre son las reglas a las cuales deberán ajustarse
las distintas Jurisdicciones y Entidades que componen el Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, ellas deben resultar accesibles y ágiles en cuanto a su
consulta y comprensión;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias
LA DIRECTORA GENERAL DE CONTADURÍA
DISPONE
TÍTULO I: De carácter General
Artículo 1- Dejase sin efecto la Disposición N° 194/DGCG/18.-
Artículo 2 - La Dirección General de Contaduría, efectuará el cierre de las cuentas
correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de Diciembre de cada año y procederá a
confeccionar la Cuenta de Inversión para su remisión, a través del Poder Ejecutivo, a
la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los términos del art. 118 de
la Ley N° 70 de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público.-
Artículo 3 - A los efectos de elaborar la Cuenta de Inversión se tomarán como válidos
los registros del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF),
razón por la cual una vez finalizado el procesamiento de los datos incorporados, la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5749 - 26/11/2019

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