Disposición N° 1904/DGHC/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición26 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1904/DGHC/21
Buenos Aires, 23 de julio de 2021
VISTO: Las Leyes Nacionales N° 26.363 y N° 27.541, la Ley N° 3.134, las Leyes N°
2.095 y N° 6.292 (Textos Consolidados por Ley N° 6.347), el Decreto Reglamentario
N° 74-GCABA/21, el Decreto N° 463- GCABA/19 y sus modificatorios, la Disposición
N° 167-GCABA-DGCYC/21, el Expediente Electrónico N ° 2021-21679713-GCABA-
DGCCYA, y
CONSIDERANDO:
Que por los actuados citados en el visto tramita la Contratación Directa por
Exclusividad para la “Adquisición de impresoras ZEBRA ZXP Series 7”, al amparo del
artículo N° 28, inciso 5° de la Ley N° 2.095 (texto Consolidado por Ley N° 6.347) y su
correspondiente Decreto Reglamentario N° 74-GCABA/21, con destino a la Dirección
General de Habilitación de Conductores dependiente de la Subsecretaría de Servicios
al Ciudadano de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal,
dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por Ley N° 6.292 (Texto Consolidado por Ley N° 6.347) se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre los Ministerios del Poder Ejecutivo a la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que por Decreto N° 463-GCABA/2019 y modificatorios, se aprobó la nueva estructura
orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo, estableciendo a esta Dirección
General Habilitación de Conductores bajo la órbita de la Subsecretaría de Servicios al
Ciudadano de la Secretaría de Atención Ciudadana y Gestión Comunal, dependiente
de la Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que el Decreto N° 463-GCABA/19 y modificatorios, establecen como una de las
funciones de esta Dirección General Habilitación de Conductores la de “Administrar los
recursos materiales necesarios para el proceso de habilitación de conductores” y
“Coordinar el suministro y entrega de recursos materiales requeridos en el proceso de
habilitación de conductores”;
Que por Ley N° 26.363 se crea la Agencia Nacional de Seguridad Vial, con la misión
de reducir la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción,
coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, nacionales e
internacionales.
Que mediante la Ley N° 3.134, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a dicho
régimen;
Que en la Ley N° 2.095 (Texto Consolidado por la Ley N° 6.347), reglamentada por
Decreto N° 74-GCABA/21, se establecen las normas básicas que deben observarse
para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios, y regula
las obligaciones que derivan de los mismos, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/2020 el Poder Ejecutivo
Nacional amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N°
27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de UN (1) año a partir
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6179 - 26/07/2021

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