Disposición N° 19/DGEGRAL/21

EmisorSecretaría Legal y Técnica
Fecha de la disposición 7 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 19/DGEGRAL/21
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2021
VISTO: Ley Nacional N° 24.374, las Resoluciones Nros 102-SECLYT/17 y 123-
SECLYT/17, los expedientes electrónicos Nros 9427138-MGEYA-MGEYA/14 y
13337509- -GCABA-PG/21, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados tramita la presentación efectuada por el Sr. Héctor
Luis Loza, requiriendo la regularización dominial del inmueble sito en la calle Griveo N°
2805 de esta Ciudad, en los términos de la Ley Nacional N° 24.374;
Que la pretensión de regularización dominial del inmueble sito en la calle Griveo N°
2805 de esta Ciudad, en los términos de la Ley Nacional N° 24.374, que fuera
efectuada por el Sr. Héctor Luis Loza, fue debidamente analizada en el marco de los
Expedientes Electrónicos N°9427138-MGEYA-MGEYA-2014, N° 20914925-AJG-2018,
N° 25538590-GCABA-MGEYA-2020 y N° 25881605-GCABA-PG-2020, entendiéndose
que no correspondía hacer lugar a la misma por cuanto no se había acreditado la
"causa lícita" de la ocupación, requisito esencial para acceder al beneficio establecido
por dicha norma;
Que a través de la Resolución N° 102-SECLYT-2017 se desestimó el Recurso
Jerárquico ínsito incoado, quedando agotada con dicho acto la vía administrativa,
conforme lo establece el artículo 113 de la Ley de Procedimientos Administrativos de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley N° 6347);
Que en lugar de encaminar su pretensión por la vía judicial correspondiente, el
recurrente hizo uso de la facultad prevista en el artículo 123 de dicha Ley, presentando
un Recurso de Reconsideración contra Decisiones Definitivas que fue en igual sentido
desestimado mediante la Resolución N° 123-SECLYT/17;
Que el Sr. Loza se presenta nuevamente, a través del escrito obrante en el número de
orden 2, y asimismo en los números de orden 7 y 8 de las presentes actuaciones,
indicando acompañar nueva documentación a los fines de su pretensión;
Que analizada la misma, esta Dirección General Escribanía General, en el doble
carácter de organismo técnico registral y de Autoridad de Aplicación del aludido marco
normativo, advierte que no se encontró en principio, algún hecho nuevo que modifique
el criterio anteriormente adoptado, firme y debidamente fundado en el Expte N°
9427138-MGEYA-MGEYA/14, con relación a la viabilidad de otorgar o no el beneficio
solicitado por el presentante;
Que en mérito de lo expuesto, considerando que la vía administrativa se encuentra
agotada, extremo que fuera notificado oportunamente al Sr. Loza, la Procuracion
General de la Ciudad de Buenos Aires considera en su dictamen jurídico IF-2021-
22053889-GCABA-DGAIP que corresponde rechazar in límine su pretensión, atento
resultar en esta instancia improcedente, y a efectos de evitar un dispendio excesivo de
la actividad jurisdiccional de esta Administración;
Que corresponde en consecuencia dictar el correspondiente acto administrativo.
Por ello, y en uso de la facultades que le son propias
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6231 - 07/10/2021

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