Disposición N° 1888/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición27 de Octubre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 1888/DGIUR/21
Buenos Aires, 19 de octubre de 2021
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2021-19449487- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados se consulta respecto de la localización de los usos
“1.4 Comercio minorista de productos de abasto y alimenticios 1.4.4 local de venta de
productos alimenticios y/o bebidas (excluido feria, mercado, supermercado y
autoservicio). 1.8 Comercio minorista excluido comestibles como uso principal 1.4.2
Local de venta de golosinas envasadas (kiosco), sub rubros: com. min. de artículos de
perfumería y tocador, artículos de limpieza com. min. aves muertas y peladas, chivitos,
prod. granja, huevos h/ 60 docenas”, en el inmueble sito en la calle Bolívar N°765
Planta Baja;
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanística de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6099;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
22912046/DGIUR/2021 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuna la intervención de la Gerencia Operativa Patrimonio
Arquitectónico y Urbano;
Que en relación, obra agregado IF-2021-26922405-GCABA-DGIUR mediante el cual la
informo que “(...) Analizada la información recopilada, esta Gerencia Operativa
entiende que el requirente no realizó ni realizará obras en la Unidad Funcional en
Planta Baja ni de los espacios comunes del inmueble catalogado y que, por lo tanto, la
solicitud se limita al visado de los usos mencionados.”;
Que asimismo, obra agregado a estos actuados el Informe N° 29197845/DGIUR/2021
mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos del Suelo estima oportuno
el dictado del acto administrativo que autorice, desde el punto de vista urbanístico y
patrimonial, la localización del uso solicitado en el Expediente de referencia, dejando
constancia que se deberá cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y
que no haya sido expresamente contemplada en la presente;
Que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica
Específica APH 1 "San Telmo - Montserrat", Zona 2c, y el mismo se encuentra
catalogado con nivel de protección Cautelar de acuerdo a lo establecido en el Código
Urbanístico;
Que resultan de aplicación los artículos 3.1. (Usos del Suelo Urbano y su
Clasificación), 1.4.5 (Conceptos de Protección Patrimonial), 9.1.2.3 (Catálogo), 9.1.3.2.
(Protección Especial), 9.1.1.1. (Áreas de Protección Histórica) y 5. Anexo II ((APH1)
Usos según zonas) del Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante, el análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa Usos del
Suelo y la intervención de la Gerencia Operativa de Patrimonio Arquitectónico y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6244 - 27/10/2021

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