Disposición Nº 187/GCABA/DGTALMAEP/15
Firmantes | Pazos Verni |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General Técnica Administrativa y Legal |
Fecha de la disposición | 26 de Junio de 2015 |
VISTO:
El Decreto N° 352/14, el Expediente electrónico N° 16355082-DGFVP/15 y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 352/14 se aprobó el Régimen de Evaluación de Desempeño anual
aplicable al personal comprendido en el artículo 4° la Ley N° 471 y aquel aplicable al
Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que en dicha norma, en su Anexo I (IF-2014-11616471-DGPLC), se estableció que
para el personal comprendido en el artículo 4° de la Ley N° 471, ante un pedido de
revisión, se conformará un Comité de Revisión, el cual estará integrado por tres (3)
miembros, siendo éstos la Autoridad Superior del Área, con jerarquía no inferior a
Director General, en la cual fue evaluado el agente, o el superior inmediato de dicha
Autoridad; un representante de la Gerencia Operativa de Recursos Humanos o
equivalente, con rango no inferior a Subgerente Operativo, según jurisdicción, y un
representante Gremial, con mandato suficiente y con representación en el área que
revista el evaluado;
Que en este sentido, en el caso de efectores de salud, los/as Directores/as de los
mismos o superiores integrarán el Comité de Revisión, como autoridad superior del
área y en el caso de los establecimientos escolares, lo hará el/la Supervisor/a Escolar
correspondiente;
Que en este contexto, el Comité de Revisión se designará por acto administrativo
emanado del Director General Técnico, Administrativo y Legal o equivalente según
jurisdicción y en el caso de los establecimientos escolares por la Dirección General
Personal Docente y No Docente dependiente de la Subsecretaría de Políticas
Educativas y Carrera Docente del Ministerio de Educación;
Que por lo expuesto corresponde conformar el Comité de Revisión correspondiente, a
efectos de resolver los pedidos de revisión que surjan en el presente período de
evaluación de desempeño.
Por ello, en virtud del Decreto N° 352/14 y de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO
DISPONE
Fiscalización en la Vía Pública.
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