Disposición Nº 1831/GCABA/DGIUR/14
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 15 de Octubre de 2014 |
VISTO:
El Expediente N° 13.091.200/2014 por el que se consulta sobre la "Desgravación
Impositiva", del inmueble sito en la calle Piedras N° 922, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión, correspondiente a la Sección 004, Manzana 011, Parcela
011, cuenta con protección Cautelar, es un edificio Singular, emplazado en la zona de
Amortiguación del APH1, se encuentra incorporado al Catálogo de Inmuebles con
Valor Patrimonial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante Resolución 489-
SSPLAN-10 del 21/10/10 y Ley Firme N° 4464 de fecha 13/12/2012 publicada en el
BO N° 4085 del 30/01/13;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
14621287-DGIUR- 2014, indica que a los efectos de establecer la desgravación
impositiva que le corresponde a este inmueble, es de aplicación lo consignado en el
Punto 6 "Incentivos" para San Telmo del Distrito APH1, Parágrafo 5.4.12.1 del Código
de Planeamiento Urbano;
Que el porcentaje de desgravación impositiva previsto es del 65%, por ser un edificio
con Nivel de Protección Cautelar, mayor a 60 años de antigüedad;
Que el tributo a desgravar comprende alumbrado, barrido y limpieza, contribución
territorial, pavimentos y aceras.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
65% por ser un edificio con Nivel de Protección Cautelar, mayor a 60 años de
antigüedad, sito en la calle Piedras N° 922.
correspondiente trámite ante la Dirección General de Rentas.
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser
consultada a...
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