Disposición N° 18/DGPSE/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición11 de Noviembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 18/DGPSE/21
Buenos Aires, 6 de octubre de 2021
VISTO: la Ley N°6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347); el Decreto
N.°463/GCABA/19; la Resolución 2021-2940-GCABA-MCGC; el EE EX-2021-
19782175-GCABA-DGPSE; los expedientes electrónicos EX-2021-27005622-GCABA-
DGPSE; EX-2021-27754441-GCABA-DGPSE; EX-2021- 27989084-GCABA-DGPSE;
EX-2021-28207251-GCABA-DGPSE; EX-2021-28215581-GCABA-DGPSE; EX-2021-
28221936-GCABA-DGPSE; EX-2021-28234947-GCABA-DGPSE; EX-2021-28289709-
GCABA-DGPSE; EX-2021-28349388-GCABA-DGPSE; EX-2021-28423122-GCABA-
DGPSE; EX-2021- 28448474-GCABA-DGPSE; EX-2021-28673951-GCABA-DGPSE;
EX-2021-28851466-GCABA-DGPSE; EX-2021-28889127-GCABA-DGPSE; EX-2021-
28947310-GCABA-DGPSE; EX-2021-28965394- GCABA-DGPSE; EX-2021-
28969867-GCABA-DGPSE; EX-2021-28974915-GCABA-DGPSE; EX-2021-
28976945-GCABA-DGPSE; EX-2021-28977373-GCABA-DGPSE; EX-2021-28984428-
GCABA-DGPSE; EX-2021-28985435-GCABA-DGPSE; EX-2021-28994029-GCABA-
DGPSE; y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N°6.292 (texto consolidado según Ley N° 6.347), se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo en su
artículo 2° al Ministerio de Cultura entre los Ministerios del Poder Ejecutivo;
Que por el Decreto N° 463/GCABA/19, y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánico funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de esta Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, asignando a la Dirección General Planificación y Seguimiento bajo la
órbita del Ministerio de Cultura, y estableciendo dentro de sus responsabilidades
primarias las de “coordinar la relación del Ministerio con actores públicos y privados
del ámbito cultural”, entre otras;
Que, por otra parte, mediante la Resolución N° 2021-2940-GCABA-MCGC, se creó el
programa “Abasto Barrio Cultural - Abasto Abierto”, con el objetivo de fomentar la
actividad cultural e identidad del Abasto, como zona identitaria de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, en todas sus disciplinas para continuar sosteniendo el trabajo de
artistas, creadores y gestores en el marco de la pandemia por el virus COVID-19
(Coronavirus) hacia esquemas, en transición gradual hacia la plena presencialidad en
observancia de los protocolos de emergencia sanitaria vigentes;
Que en el artículo 4° de la mentada Resolución, se constituyó a la Dirección General
Planificación y Seguimiento como autoridad de aplicación del programa «Abasto Barrio
Cultural - Abasto Vivo»;
Que, la referida Resolución convocó a los Espacios Culturales radicados en el sector
urbano denominado “Barrio Abasto”,delimitado por las calles: Av. Córdoba (al norte),
Av. Pueyrredón (al este), Av. Díaz Vélez / Tte. Gral. Juan Domingo Perón (al sur) y
Gascón (al oeste), a participar de la convocatoria “Abasto Barrio Cultural - Abasto
Vivo”, o que se encuentren a una distancia máxima de CIENTO CINCUENTA (150)
metros de dicho perímetro, a presentar propuestas artísticas a desarrollarse bajo la
modalidad de Espacio Privado, bajo la modalidad de Espacio Público; o bien bajo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6255 - 11/11/2021

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