Disposición N° 18/DGGFA/19

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición 3 de Abril de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 18/DGGFA/19
Buenos Aires, 26 de marzo de 2019
VISTO:
la Ley N° 5.511; Ley N° 2.095, el Decreto Reglamentario N° 326/2017, Disposición N°
9/DGGFA/2019, y el Expediente Electrónico N° 2019-09291318-MGEYA-DGGFA, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 9/DGGFA/2019 se dispuso aprobar el Acta de Clasificación N°
3/18 de los vehículos que fueron verificados por la Comisión Clasificadora de Bienes
Muebles Registrables en Desuso descriptos en su Anexo;
Que se consideran bienes muebles en desuso los bienes muebles registrables o no,
que tengan el carácter de obsoletos, inadecuados, excedentes, destruidos o
deteriorados por el uso u otras causas no atribuibles a la responsabilidad de terceros,
que integran el patrimonio del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el Acta de Clasificación N° 3/18 ha sido oportunamente elevada a la Legislatura
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para su correspondiente homologación
-artículo 9 de la Ley N° 5.511-;
Que mediante NO-2019-04204730-SSGEOPE, se requirió a la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires que proceda a la homologación de la mencionada
Acta de Clasificación;
Que por medio de las presentes actuaciones, se propicia la venta de dichos bienes,
propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y de conformidad
con lo dispuesto por la Ley 2.095 en su artículo 29, se autoriza aplicar el procedimiento
de remate o subasta pública;
Que el artículo 49 de la citada norma establece que "El Banco Ciudad de Buenos Aires
es el encargado de realizar el remate o subasta pública y de practicar las tasaciones
de los inmuebles y/o muebles registrables sujetos a enajenación";
Que por las razones precedentemente expuestas, corresponde dar intervención a la
mencionada Entidad Bancaria para iniciar el procedimiento de venta conforme el
marco normativo dispuesto por la Ley N° 2.095 y su Decreto Reglamentario N°
326/2017;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE GESTIÓN DE LA FLOTA AUTOMOTOR
DISPONE
Artículo 1°.- Cumplida el plazo para la homologación del Acta de Clasificación N° 3/18
por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se procede a dar
intervención al Banco de la Ciudad para iniciar el procedimiento de subasta de los
bienes muebles registrables en desuso.
Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires para su conocimiento y demás efectos. De Luca
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5590 - 03/04/2019

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