Disposición Nº 178/GCABA/DGSPR/17

FirmantesCocca
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA

VISTO:

La ley N° 5688 (B.O. N° 5030) y N° 5723 (B.O. 5035) y las Disposiciones N° 5-

DGSSP/2004, N° 75-DGSSP/2005, N° 30-DGSSP/2006, N° 76-DGSP/2007, N° 41-

DGSPR/2009, N° 32-DGSPR/2011, N° 49-DGSPR/2013 y N° 156-DGSPR/2015, y la

Carpeta N° 611128, y,

CONSIDERANDO:

Que la empresa CUSTOMERS PROTECTION S.R.L., con domicilio real y constituido

en la calle Humboldt N° 2228, Piso 4°, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha

sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en

Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N° 5-

DGSSP/2004;

Que la empresa en cuestión, la cual gira comercialmente bajo la denominación "GS

GRUPO SAN MIGUEL GENTE CONFIABLE", presentó oportunamente Título de

Marca Mixta expedido por el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial bajo el N°

2.250.871, a favor de SERVICIOS ARGENTINOS DE SEGURIDAD EMPRESARIA

S.A., concedida hasta el 24/09/2018, por medio de la Disposición N° 166/08, y que

asimismo acompañó el correspondiente Contrato de Licencia de Uso de Marca a favor

de "CUSTOMERS PROTECTION S.R.L.; de igual modo la empresa mencionada ut-

supra, gira comercialmente bajo la denominación "CUSTOMERS PROTECTION",

presentó oportunamente Título de Marca Mixta expedido por el Instituto Nacional de la

Propiedad Industrial bajo el N° 2.332.402, a favor de CUSTOMERS PROTECTION

S.R.L., concedida hasta el 03/12/2019, por medio de la Disposición N° 1759/09;

Que vencido el plazo de su última habilitación el día 04/06/2017, la interesada solicitó

su renovación en las categorías establecidas por la Ley N° 5688 en su Artículo 439,

con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a), y, b), y sin autorización

de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a), b), y c);

Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra

condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General,

en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo

establecen los Arts. 450 punto 3, y 461 punto 1, de la Ley N° 5688;

Que con dicha solicitud, la peticionante...

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