Disposición N° 176/DGCYC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
DISPOSICIÓN N.° 176/DGCYC/21
Buenos Aires, 23 de marzo de 2021
VISTO: La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto
Reglamentario N° 74/GCABA/2021, el Expediente Electrónico Nº 2021-08448157-
GCABA-DGCYC, y
CONSIDERANDO:
Que por Expediente Electrónico Nº 30017594-MGEYA-DGCYC-2019 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-1510-LPU19, para la
Contratación del Servicio de Mantenimiento, Control, Recarga de Extintores y
Provisión de Elementos necesarios para utilización de los Extintores, para las
Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra INDUSTRIAS MAS S.R.L.;
Que por Resolución N° 3290/GCABA/MHFGC/20 se aprobó y adjudicó la Licitación
Pública N° 623-1510-LPU19, con fecha 21 de julio de 2020, generándose en
consecuencia el Convenio Marco N° 623-48-CM20 (PV-2020-20355020-
GCABADGCYC);
Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos dependiente del Ministerio de
Hacienda y Finanzas emitió la Orden de Compra N° 642-12047-OC20 (IF-2021-
07671575-GCABA-DGCYC) a favor de la empresa antes citada por un monto de
PESOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO CON 90/100
($ 47.868,90), la cual ha sido perfeccionada el 18/11/2020, motivo por el cual
considerando que el servicio contratado establecía un plazo para su cumplimiento de
diez (10) días corridos a partir del perfeccionamiento de la Orden de Compra su
vencimiento operó el 28/11/2020;
Que Subsecretaría solicita, mediante Nota N° NO-2021-05851504-GCABA-SSGRH,
rectificada por Nota N° NO-2021- 07259593-GCABA-SSGRH, de fechas 10/02/21 y
01/03/21, respectivamente - se rescinda parcialmente la Orden de Compra antes
citada, debido a que no se pudo cumplimentar totalmente la misma por cuanto algunos
matafuegos se encontraban vencidos, no siendo posible- en consecuencia- realizar el
mantenimiento de los mismos, señalando que 5 matafuegos del Renglón 18 y 1 del
Renglón 19 son los que no pudieron ser recargados y que el monto a rescindir es de
PESOS SEIS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON NOVENTA Y SEIS
CENTAVOS ($ 6.788,96);
Que surge del Parte de Recepción Nº 373746-2020 (IF-2021-07672414-GCABA-
DGCYC) que el resto de la Orden de Compra fue cumplida con fecha 30/12/2020, es
decir superando el plazo establecido a tal efecto;
Que mediante Nota N° NO-2021-07979356-GCABA-DGAMT, la Dirección General de
Medicina del Trabajo manifestó que el retraso en cuestión respondió a motivos
imputables al proveedor;
Que en virtud de lo expuesto, procede la rescisión parcial del contrato en cuestión sin
la aplicación de penalidades, ya que la misma no es por causas imputables al
proveedor y la aplicación de penalidades por la demora incurrida en el cumplimiento

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