Disposición Nº 175/GCABA/AGIP/17

FirmantesFernández
EmisorADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS

VISTO:

El Decreto N° 433/GCABA/16, la Resolución N° 343/AGIP/13, el Expediente

Electrónico N° 10.559.531/DGPLYCON/17, y

CONSIDERANDO:

Que la actuación citada en el Visto se encuentra relacionada con la aprobación de

gasto correspondiente al Servicio de Abono para el Enlace Alternativo entre la

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos y sus delegaciones (CGPC,

CPCE, CGCE, etc) solicitado por la Subdirección General de Sistemas de la Dirección

General Planificación y Control;

Que la contratación del servicio fue adjudicado oportunamente por Orden de Compra

N° 1834/12 a la firma Level 3 Argentina S.A., prorrogado por Orden de Compra N°

26334/12 y Orden de Compra N° 30165/14, cuyo vencimiento operó con fecha Mayo

de 2015;

Que la nueva contratación del servicio tramitó mediante la Licitación Publica N° 8056-

1222-LPU16, adjudicada por Orden de Compra N° 8056-1081-OC17 a la empresa

INTELIHELP S.A. con vigencia 16 de Febrero de 2017;

Que la firma INTELIHELP S.A. cuenta con el plazo de CIENTO VEINTE (120) días

corridos desde la fecha de perfeccionamiento de la citada Orden de Compra, para la

realización de las tareas preliminares y conexión de enlace de fibra óptica y comienzo

de la prestación;

Que el mencionado servicio resulta imprescindible y de vital importancia para el normal

funcionamiento de todas las plataformas de recaudación, control y fiscalización de los

tributos e impuestos del Organismo en su carácter de ente de Gestión y

Administración Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, motivo por el cual

resultó indispensable la continuidad del servicio durante los meses de Enero, Febrero

y Marzo 2017;

Que la erogación mensual promedio del último semestre por el servicio del que se

trata asciende a PESOS CIENTO CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y

UNO ($ 140.241.-);

Que el presupuesto presentado por la firma LEVEL 3 Argentina S.A. asciende a la

suma mensual de PESOS CIENTO CUARENTA MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y

UNO ($ 140.241.-), considerándose valor razonable y adecuado dado que mantiene el

importe sin variaciones respecto a la ultima erogación realizada por el citado servicio;

Que evaluándose los costos adicionales que se asumirían por la desinstalación/

instalación del equipamiento como así también el crítico riesgo operativo ante un

posible cambio de...

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