Disposición N° 171/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición 1 de Febrero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 171/DGIUR/22
Buenos Aires, 21 de enero de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63- SSREGIC-20 y el EX-2021-36250964- -GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta acerca de la posible
exención de cumplimiento del requerimiento de Carga y Descarga para el inmueble
sito en la calle José Aaron Salmun Feijoo Nº 735 y Lanin N° 198, Planta Baja,
Entrepiso- U.F. N° 11;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
02152269/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice, desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la exención solicitada en el Expediente de
referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa vigente que
resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la presente;
Que el aludido informe que el predio en cuestión se encuentra emplazado en el Área
de Baja Mixtura del Usos de Suelo 1, Catalogado con nivel de Protección “Cautelar” y
resulta afectado por el Área de Arquitectura Especial AE 26, Pasajes de la Ciudad del
Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la exención solicitada de cumplimentar el
requerimiento de carga y descarga;
Que por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prórroga de 180 días
contados a partir del día hábil siguiente al término de la vigencia de la emergencia
sanitaria, en referencia al COVID 19, de aquellas Disposiciones que se dicten
posterioridad a la entrada en vigencia de dicha Resolución;
Que por lo todo lo expuesto, corresponde el dictar el acto administrativo que autorice
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6309 - 01/02/2022

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