Disposición N° 17/DGTALAPRA/19

EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.º 17/DGTALAPRA/19
Buenos Aires, 21 de febrero de 2019
VISTO:
Las Leyes N° 2.095 y Nº 2.628 (textos consolidados según Ley Nº 6.017), el Decreto
326/GCABA/17 y sus modificatorios, la Resolución N° 59/APRA/18, la Disposición
149/DGTALAPRA/18, el Expediente Electrónico N° 2018-27738555-MGEYA-
DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 2.628 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) de creación de la Agencia
de Protección Ambiental establece como objeto de la misma proteger la calidad del
medio ambiente de la Ciudad de Buenos Aires, a través de la planificación,
programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política
ambiental de la Ciudad de Buenos Aires;
Que en el Capítulo III de la citada Ley se establece el marco general al cual debe
sujetarse esta Agencia en su gestión financiera, patrimonial y contable, incluyendo la
Ley Nº 2.095 (texto consolidado según Ley Nº 6.017) de Compras y Contrataciones del
Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que a través de la Disposición N° 149/DGTALAPRA/18 se aprobó la Licitación Pública
N° 8933-1556-LPU18, conforme lo normado por el artículo 31 de la Ley 2.095 (texto
consolidado según Ley N° 6.017), para la contratación de un Servicio de
mantenimiento y puesta en valor del Centro de Información y Formación Ambiental
que fuera requerido por la Gerencia Operativa de Tecnología, Sistemas y
Administración perteneciente a esta Dirección General Técnica, Administrativa y Legal,
adjudicándose la misma a favor de TRIDELCO.S.R.L. (CUIT N° 30-71523982-1), por
un monto total de PESOS DOS MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 50/100 ($ 2.683.993,50.-);
Que en consecuencia, se emitió la Orden de Compra N° 8933-17043-OC18, y se inició
el plazo de ejecución del Contrato el día 16 de noviembre de 2018;
Que conforme surge del artículo 9° del Pliego de Bases y Condiciones Particulares,
dicha contratación contempló la posibilidad de ser ampliada y prorrogada, en caso de
que sea necesario;
Que por su parte el inciso I) del artículo 119 de la Ley Nº 2.095 (texto consolidado
según Ley Nº 6.017), establece como facultad del organismo contratante (...)
Aumentar o disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor
original en uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de
los plazos respectivos. El aumento o la disminución puede incidir sobre uno, varios o el
total de los renglones de la orden de compra, siempre y cuando el total resultante no
exceda el porcentaje previsto, según corresponda (...);
Que asimismo, el mencionado artículo dispone que (...) En los casos en que resulte
imprescindible para el organismo contratante el aumento o la disminución podrán
exceder el veinte por ciento (20%), y se deberá requerir la conformidad del co-
contratante (...);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5568 - 27/02/2019

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR