Disposición N° 17/DGDTU/21

EmisorSecretaría General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición28 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 17/DGDTU/21
Buenos Aires, 27 de septiembre de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 600 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias, y
2.627 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y modificatorias, los Decretos de
Necesidad y Urgencia Nros. 260-PEN/20, 167-PEN/21, 287-PEN/21, 334-PEN/21,
455-PEN/21 y 494-PEN/21, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1-GCABA/20,
8-GCABA/20, 12-GCABA/20, 15-GCABA/20, 17-GCABA/20, 5-GCABA/21, 7-
GCABA/21, 8-GCABA/21, 9-GCABA/21 y 10-GCABA/21, los Decretos Nros. 140-
GCABA/20 y 393- GCABA/20, las Resoluciones Nros. 10-LCABA/20, 37-LCABA/20,
95-LCABA/20, 122-LCABA/20 131- LCABA/20, 182-LCABA/20, 9-LCABA/21, 15-
LCBABA/21, 74-LCABA/21, 224-ENTUR/18, 141- ENTUR/19, 140-ENTUR/20, 62-
DEJENTUR/20, 7-ENTUR/21 y 11-DEJENTUR/21, la Disposición Nº 16-DGTALET/20,
el Expediente Electrónico N° EX-2021-28976410- -GCABA-DGTALET, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.627 (texto consolidado por Ley N° 6.347) y modificatorias,
se creó el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad
autárquica en la órbita de la Secretaría General y de Relaciones Internacionales de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con el objeto de diseñar y ejecutar políticas y
programas de promoción, desarrollo y fomento del turismo como actividad económica
estratégica de la Ciudad;
Que, asimismo, el Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es la
autoridad de aplicación de la Ley de Turismo N° 600 (texto consolidado por Ley N°
6.347), conforme lo establecido en su artículo 6° y el artículo 2° de la Ley N° 2.627
(texto consolidado por Ley N° 6.347);
Que, al mismo tiempo, el artículo 7, incisos j) y k) de la Ley Nº 600 (texto consolidado
por Ley N° 6.347), determinan como facultades del Ente “elaborar y poner en marcha
programas, planes y campañas de desarrollo de promoción turística del distrito en el
orden nacional e internacional, con la participación del sector privado” y “crear,
modificar y programar los circuitos turísticos dentro de la Ciudad que hagan a su
desarrollo”;
Que mediante la Resolución Nº 224-ENTUR/2018 se autorizó el llamado a Licitación
Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple para la Concesión de la prestación
del Servicio de Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a través
de Vehículos de Transporte Terrestre, aprobándose el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares (PLIEG-2018-28200479-ENTUR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas
(PLIEG-2018-28200632- ENTUR);
Que a través de la Resolución N° 141-ENTUR/19, se aprobó el procedimiento
licitatorio llevado a cabo y, además, se adjudicó el Renglón N° 1 a la firma DIVISIÓN
INDUSTRIAL S.A. / AV&MV S.R.L./CONDOMINIOS S.A. COMPROMISO DE UT y el
Renglón N° 2 a la firma ROTAMUND S.R.L. /EMP. GRAL. URQUIZA S.R.L. / EMP. DE
TRANSPORTES SIERRAS DE CÓRDOBA S.A.C.I.I.A. COMPROMISO DE UT, por el
plazo de cinco (5) años desde el inicio de la prestación del servicio, en ambos casos;
Que, a partir de ello, se suscribieron, con las firmas antes mencionadas, los días 24 y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6224 - 28/09/2021

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