Disposición N° 1696/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición25 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1696/DGIUR/18
Buenos Aires, 12 de octubre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 23.575.555/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Restaurante, cantina; Café, Bar; Casa de Comidas, Rotisería" para el
inmueble sito en la calle Arévalo Nº 1502- P. BAJA -UF Nº 1, con una superficie a
habilitar de 102m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble objeto de esta consulta se encuentra emplazado en la Zona Z5 del
Distrito U20 según lo establecido por Ley Nº 2567 (B.O. Nº 2829 de fecha 11/12/07);
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
27908970-DGIUR-2018, hace saber que de acuerdo a la Ley Nº 2567, en el punto 7.5
Usos permitidos; "Se admitirán los usos consignados para el distrito de zonificación
E3, según Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a). En todos los casos deberá darse cumplimiento
a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga establecidos en el Cuadro
y a la Ley 123, sus modificatorias y ampliatorias";
Que, analizando lo solicitado de acuerdo al Cuadro de Usos 5.2.1., se informa que el
uso "Café-bar" se encuadra en el rubro "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos,
heladería, etc.". Encontrándose permitido para el distrito E3, debiendo cumplimentar el
numeral 26 para estacionamiento;
Que el uso “602000 Restaurante, cantina; 602040 CASA DE COMIDAS, ROTISERIA"
se encuadra en el rubro "Alimentación en general, restaurant, cantina, pizzería, grill.".
Encontrándose permitido para el distrito E3 y debiendo cumplimentar el numeral 26
para estacionamiento;
Que por todo lo expresado anteriormente y de acuerdo a los parámetros dispuestos
para el estudio de la localización del uso propuesto en los Distritos E3, la Gerencia
Operativa entiende que no existiría inconveniente en hacer lugar al rubro de: “602000
Restaurante, cantina; 602020 Café, Bar; 602040 CASA DE COMIDAS, ROTISERIA"
con una superficie a habilitar de 102,00m2;
Que se visan los usos solicitados, dejando constancia que el visado no implica la
habilitación del mismo;
Que no se visa publicidad;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Restaurante, cantina; Café, Bar; Casa de Comidas, Rotisería" para el
inmueble sito en la calle Arévalo Nº 1502- P. BAJA -UF Nº 1, con una superficie a
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5485 - 25/10/2018

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