Disposición Nº 1648/GCABA/DGEVA/17

FirmantesHarilaos
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

VISTO:

Las Leyes N° 123 y N° 2.216, el Decreto N° 222/12, la Resolución N° RESOL-2017-

171-APRA, el Expediente N° EX-2014-12791427- -MGEYA-APRA, y

CONSIDERANDO:

Que por la actuación referenciada se presenta la solicitud de categorización del

proyecto: "Institutos técnicos, academias, enseñanza especializada (700.075); Centro

médico u odontológico (700.190); Laboratorio de análisis clínicos (700.400);

Laboratorio de estudios radiológicos (700.401); Laboratorio de estudios especiales

(700.402)", a desarrollarse en la calle Republica de Indonesia N° 29/31/33, Planta

Baja, 1°, 2° y 3° Piso, de esta Ciudad, con una superficie de 752,06 m2, Nomenclatura

Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 147B, Parcela: 26, Distrito de

Zonificación: R2aII;

Que por Resolución N° RESOL-2017-36-SSREGIC, la Subsecretaria de Registros,

Interpretación y Catastro, con fecha 17 de Enero de 2.017, consideró factible desde el

punto de vista urbanístico la propuesta de modificación y ampliación con demolición

parcial, con destino "Centro medico u odontológico; Laboratorio de análisis clínico;

Laboratorio de estudios radiológicos; Laboratorio de estudios especiales; Institutos

técnicos, académicos, enseñanza especializada", para el predio sito en la calle

Republica de Indonesia N° 29/31/33;

Que en el Informe N° IF-2017-25156212-DGEVA, de fecha 31 de Octubre de 2.017, la

Subgerencia Operativa de Obras Públicas de esta Dirección General considera a la

actividad peticionada como de Impacto Ambiental Sin Relevante Efecto;

Que asimismo y con la finalidad de atenuar los impactos ambientales negativos resulta

menester establecer los requerimientos a cumplir para la ejecución de la actividad;

Que la categorización asignada resulta conforme con el Decreto N° 222/12;

Que los requisitos enumerados en el citado informe no importan sino el cumplimiento

de normas vigentes auditadas por las áreas de control del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires por lo que no es necesario establecer una Auditoria

especial para su verificación;

Que asimismo el titular de la actividad presenta un Informe de Evaluación de Impacto

Acústico (IEIA) de conformidad con la Ley N° 1.540 y el Decreto reglamentario N°

740/07;

Que por Informe N° IF-2017-26607344-DGEVA, de fecha 14 de Noviembre de 2.017,

la Subgerencia Operativa de Impacto Acústico de esta Dirección General, manifiesta

que la actividad: "Institutos técnicos, academias, enseñanza especializada", se

encuentra catalogada en el Anexo IX del Decreto reglamentario N° 740/07, de la Ley

N° 1.540 y le corresponde al titular de la misma la inscripción en el Registro de

actividades catalogadas (RAC), estableciéndose condiciones específicas de

funcionamiento;

Que el Certificado de Aptitud Ambiental se otorga, previa declaración jurada del titular

de la actividad de dar cumplimiento a las condiciones de funcionamiento que se

establecen;

Que la Subgerencia Operativa de Registros y Evaluación Técnica Legal, ha tomado la

debida intervención en el marco de sus competencias;

Por ello, y en virtud de las facultades otorgadas por las Resoluciones N° RESOL-2016-

074-APRA, N° RESOL-2017-181-APRA y N° RESOL-2017-196-APRA,

EL DIRECTOR GENERAL DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL

DISPONE

Artículo 1° Categorízase el proyecto: "Institutos técnicos, academias, enseñanza

especializada (700.075); Centro médico u odontológico (700.190); Laboratorio de

análisis clínicos (700.400); Laboratorio de estudios radiológicos (700.401); Laboratorio

de estudios especiales (700.402)", a desarrollarse en la calle Republica de Indonesia

N° 29/31/33, Planta Baja, 1°, 2° y 3° Piso, de esta Ciudad, con una superficie de

752,06 m2, Nomenclatura Catastral: Circunscripción: 6, Sección: 40...

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