Disposición N° 1628/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición17 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 1628/DGIUR/18
Buenos Aires, 4 de octubre de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 26.900.695/2018 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para
el inmueble sito en la Av. Corrientes N° 1801 PB, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito de Zonificación APH 50
"Avenida Callao" zona 1 y el mismo está Catalogado con Nivel de Protección Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe Nº
27045467-DGIUR-2018, indica que mediante RE-2018- 26900690-SSREGIC (Orden
10), el recurrente presenta fotografías de propuesta de Esquema de Publicidad, y a
Orden 9, PLANO-2018-26900692-SSREGIC, plano del esquema mencionado;
Que la propuesta de Publicidad de "Letras frontales iluminados simples", es Permitida,
y que los mismos son de letras cajón transiluminadas, las mismas acompañan los
lineamientos de la fachada del Inmueble, cumplimentan con la Normativa vigente y no
afectan los valores Patrimoniales del Edificio; por lo tanto, no habría inconvenientes en
acceder al visado en cuestión;
Que con lo expuesto, el Área Técnica, no tendría inconvenientes en acceder al visado
de propuesta de "Publicidad Letras frontales iluminados simple", para el inmueble sito
en la Av. Corrientes N° 1801 PB;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o modificación del toldo y/o publicidad deberá ser consultada a esta Dirección
General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Vísase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial, el "Esquema de
Publicidad" obrante a Plano-2018-26900692-SSREGIC, para el inmueble sito en la Av.
Corrientes N° 1801 PB, debiendo cumplir con toda la normativa vigente que resulte de
aplicación para el presente caso.
Artículo 2º.- Hágase saber al recurrente, que toda reforma posterior y/o modificación
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o modificación del toldo y/o publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General.
Artículo 3º.- La presente tiene un plazo de vigencia de 180 días a partir de la fecha de
su notificación; dentro de este plazo el recurrente deberá presentar la documentación
pertinente ante el o los Organismos correspondientes; de no hacerlo caducará de
pleno derecho lo autorizado precedentemente.
Artículo 4º.- Regístrese, notifíquese y entréguese la presente Disposición y el
Esquema de Publicidad obrante a Plano-2018-26900692-SSREGIC al recurrente.
Publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido
archívese. Copola
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5479 - 17/10/2018

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